Aldama exige su puesta en libertad y denuncia que está en la cárcel como «medida de presión»

Considera que su imputación en la trama de hidrocarburos es «injusta» y cree que se le ha impuesto una medida tan gravosa para forzar una confesión sobre «bienes no identificados»

La trama de hidrocarburos que ha llevado a Aldama a prisión apunta a Ábalos

Víctor de Aldama a su salida de la Audiencia Nacional, tras comparecer por el caso Koldo el pasado febrero ABC

El empresario Víctor de Aldama se ha dirigido al juez Santiago Pedraz para exigir su «inmediata puesta en libertad» porque, argumenta, se han vulnerado sus derechos fundamentales. Considera que la investigación relativa a la presunta trama de hidrocarburos que habría defraudado hasta 182 millones de euros en IVA ... , y por la que está en la cárcel, es prospectiva; dice que su imputación es injusta; y asegura que se está utilizando la prisión provisional «como un instrumento de presión« para conseguir que colabore y revele nuevos datos.

Así se desprende del recurso que acaba de presentar el comisionista del caso Koldo en la Audiencia Nacional, y al que tuvo acceso ABC, en el que tacha los argumentos empleados contra él en esta segunda causa de «vagos, imprecisos y débiles». Defiende que no pueden ser tenidos en cuenta como indicios racionales« para justificar una medida tan gravosa como lo es la privación de libertad.

«En realidad la prisión se convierte en un instrumento de presión para alcanzar eventuales bienes no identificados, que no se conoce si existen», se puede leer. Con la misma idea, asegura: «No puede pretender el juzgado utilizar la prisión provisional para favorecer una investigación de naturaleza patrimonial o económica para arrancar la colaboración de los investigados o para facilitar una investigación a costa de la libertad del investigado, a pesar de disponer el Estado de todo el aparato funcionarial, de auxilio tributario y policial, nacional e internacional, para para asegurarse el éxito de la investigación, que no puede pretenderse sea a costa de la libertad de un investigado«.

El pasado jueves el titular del Juzgado de Instrucción numero 5 de la Audiencia Nacional, Santiago Pedraz, envió a prisión al comisionista, siguiendo el criterio del fiscal Anticorrupción Luis Pastor, por presuntos delitos de organización criminal, contra la Hacienda Pública y blanqueo de capitales. Argumentaron que existía riesgo de fuga dada la gravedad de los mismos y las elevadas penas que llevan aparejados. Cabe mencionar que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil habría detectado transferencias por importe de más de 73 millones de euros a Portugal, Colombia y China.

Según la investigación, Aldama codirigía una supuesta organización criminal que contaba con una serie de entramados societarios instrumentales -utilizados tanto para el fraude a Hacienda como para blanquear fondos ilícitamente obtenidos- junto a otro empresario, Claudio Rivas. A la hermana de éste, Maria Luisa se la sitúa como subdirectora y, presuntamente, habrían contado con la colaboración de otros cooperadores y una serie de testaferros situados en los órganos de administración de las sociedades suministradoras.

Para la defensa de Aldama, no obstante, esta afirmación que «permitiría concluir que María Luisa Rivas actuó bajo las órdenes e indicaciones de los dos líderes de la organización, Víctor de Aldama y su hermano Claudio Rivas, es de nuevo voluntarista y no se soportar objetivamente y se afirma únicamente para poder construir una artificiosa e injusta imputación«.

Incide por ello en que la medida de prisión provisional es desproporcionada y obedece a una «inmediata pena ejemplar«. Y más cuando, el pasado 23 de septiembre, explica, el juez que le investiga por el caso Koldo, Ismael Moreno, le permitió salir de España y el 7 de octubre volvió y lo comunicó a la Audiencia Nacional. »Cuesta creer que pueda razonablemente apreciarse un riesgo de fuga en estas circunstancias«, se puede leer.

En el escrito además el abogado de Aldama, José Antonio Choclán, argumenta que, en cualquier caso, la Policía no hizo efectiva su entrega en el juzgado dentro del plazo de 72 horas que exige la ley pues, razona, «la entrega no consiste solo en trasladar al detenido a los calabozos de la Audiencia Nacional» sino en la efectiva «puesta a disposición del detenido en presencia judicial». Y, por tanto, concluye, se acordó su ingreso en la cárcel después del plazo establecido y debería declararse la nulidad de pleno derecho del auto de prisión.

En caso de que el juez Pedraz desestime el recurso el mismo deberá elevarse ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional.

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