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TC y Consejo de Estado tampoco esperaban una actuación previa

Un Pleno extraordinario decide hoy sobre la admisión, que supondría suspender la candidatura

Reunión del Pleno del Tribunal Cionstitucional en abril del pasado año IGNACIO GIL
Nati Villanueva

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Absoluta sorpresa. Esa fue la reacción del Tribunal Constitucional y del Consejo de Estado cuando la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, anunció el jueves por la mañana que el Ejecutivo impugnaría la candidatura de Carles Puigdemont ante el Tribunal Constitucional.

Los magistrados del ... órgano de garantías y los consejeros del órgano consultivo del Gobierno no contemplaron en ningún momento que el Ejecutivo actuara a priori sobre la propuesta que el lunes por la mañana formuló el nuevo presidente del Parlamento catalán: la del expresidente de la Generalitat y ahora diputado huido. El único acto impugnable de forma anticipada que se preveía era sobre una convocatoria del Pleno en la que, además de proponer como candidato al prófugo, se hiciera una alusión expresa a que ese debate se llevaría a cabo de forma telemática o por delegación. En este caso el dictamen del Consejo de Estado habría sido distinto, según la literalidad del texto de su respuesta al Gobierno. En él sostiene afirmaciones como que «una resolución del Parlamento de Cataluña que autorizase de forma expresa la intervención a distancia del candidato propuesto a través de medios telemáticos o persona interpuesta (...) sería contraria al orden constitucional ». Igual que un acuerdo de la cámara autonómica «en virtud del cual se invistiera al candidato propuesto sin su previa intervención personal y presencial». Lo mismo puede decirse de la delegación del voto en el caso de los exconsejeros huidos. Pero ninguno de estos supuestos es objeto del recurso del Gobierno.

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