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El delito de enaltecimiento ha permitido condenar a cinco yihadistas desde 2015

Este delito «no se puede aislar de la actividad terrorista», según la fiscal antiyihadista de la AN, Dolores Delgado

Detención por sospechas de enaltecimiento el pasado octubre en Calahorra Efe
Laura L. Caro

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«Con el permiso de Alá en unos segundos voy a mandar a unos cuantos de entre vosotros directos al infierno con el permiso de Alá vais a ir en grupo hacia el tinieblas (sic)». Publicar este mensaje junto al enlace del vídeo de un ... suicida que compartió a través de su facebook en 2013 contribuyó a que H. M., natural de Ceuta, fuera condenado el pasado de diciembre a dos años de cárcel por enaltecimiento del terrorismo. Es, por ahora, la última sentencia dentro de la la órbita del yihadismo dictada en España con arreglo al artículo 578 del Código Penal que Podemos querría suprimir, pero que en 2015 se reforzó doblemente: se elevó la pena máxima asociada a él de 2 a 3 años de prisión, -lo que posibilita ingresos penitenciarios incluso sin antecedentes - y, lo más importante, se reconoció como un agravante la difusión de las expresiones glorificantes por internet o las redes sociales.

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