Recurso del fiscal a la imputación de Doña Cristina
Un anclaje probatorio que «una leve brisa» desmorona
El fiscal afirma que durante su declaración del pasado 8 de febrero ante el juez, la Infanta no fue evasiva, sino que no dijo lo que el instructor quería oír
El fiscal Anticorrupción Pedro Horrach considera que el juez instructor del «caso Nóos» , José Castro, «construye un andamiaje probatorio, con una falsa apariencia de solidez» para imputar a la Infanta Doña Cristina en esta causa judicial. «Cuando se revisan los anclajes de dicha ... estructura se revela tal inconsistencia que una leve brisa lo desmorona». [ Lee el recurso de Anticorrupción completo (PDF) ]
Para el Ministerio Público, la estructura inculpatoria del auto se sustenta en tres circunstancias no discutidas «y de nulo valor incriminatorio por sí mismas»: ser socia de Aizoon, ser cónyuge de Iñaki Urdangarín y haber realizado gastos personales con cargo a la citada mercantil. En este contexto, Horrach considera que resultan «inocuas a efectos penales» las circunstancias que Castro considera «como reveladoras de propósitos ilícitos».
El fiscal cree que el hecho de que aparezca la firma de Doña Cristina en el contrato de arrendamiento de la oficina de Aizoon en el antiguo domicilio barcelonés de los Duques de Palma deriva «del principio de confianza que rige y posibilita las relaciones mercantiles y parentales». Por otra parte, Horrach cree que la circunstancia de que la Infanta abonase gastos personales con la tarjeta de Aizoon no implica conocimiento o sospecha de que su marido estaba cometiendo un fraude fiscal. La deducción hecha en este sentido por Castro, «es un salto inferencial entre dos premisas sin conexión, cuya asimetría impide trasladarse de forma lógica de un plano al otro sin caer en el vacío».
«Ambigüedad del auto»
Con respecto a la declaración de la Infanta el pasado 8 de febrero ante Castro, Horrach ironiza afirmando que «tiene razón el instructor al calificar las respuestas de Doña Cristina de Borbón de insuficientes o no clarificadoras, siempre que añadamos a continuación la expresión: para mantener la imputación». En este sentido, «no es que la imputada sea evasiva, sino que no dice lo que el instructor quiere oír».
El Ministerio Público también recuerda que en el auto de la Audiencia Provincial de Palma que revocaba la primera imputación de la Infanta, en abril de 2013, la Sala no se pronunciaba «sobre ningún fraude fiscal concreto ante la falta de elementos para emitir una opinión fundada» y sugería quizás «la posibilidad de un delito de blanqueo de capitales». Transcurrido más de un año desde entonces, se sigue sin saber, a juicio de Horrach, «qué concretos delitos y hechos» pueden imputarse a Doña Cristina. En este sentido, «asoman nuevamente la ambigüedad y la indefinición» en el último auto de Castro.
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