política
Derecho al insulto en el Congreso
Apenas hay límite entre el insulto y la opinión entre políticos: la ley protege a los parlamentarios en sus excesos verbales a la hora de atacar a sus oponentes
s. Montero/ c. cervera
Algunos diputados y senadores se aprovechan de la inviolabilidad e inmunidad que les concede el artículo 71 de la Constitución para lanzar acusaciones sin probar en sede parlamentaria. Ha sido el caso de la socialista Soraya Rodríguez, que el pasado martes acusó a la vicepresidenta ... del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, de haber recibido 600.000 euros en sobresueldos y al candidato del PP para las elecciones europeas, Arias Cañete, de recibir 300.000 euros.
Minutos después del tenso debate en el Parlamento, la vicepresidenta afirmó a los periodistas: «En mi puta vida he cobrado un sobre» . Sin embargo, a pesar de calificar de graves las acusaciones, Sáenz de Santamaría no ha aclarado si denunciará a la portavoz del Grupo Socialista por injurias y calumnias. No en vano se trata de un camino judicial complicado puesto que, como el resto de diputados, las opiniones de Rodríguez gozan en la práctica de una casi total inviolabilidad durante el ejercicio de sus funciones.
Esto quiere decir que, salvo en contadas ocasiones, un diputado puede mentir, calumniar o acusar a otro de actividades delictivas siempre que lo haga en el Parlamento. Este principio de inmunidad parlamentaria está planteado en la Carta Magna para proteger a los diputados «por las opiniones manifestadas en el ejercicio de sus funciones». ¿Pero dónde está el límite entre el insulto y la opinión?
Por ello, tras las acusaciones el pasado martes, Arias Cañete, el candidato popular a las elecciones europeas y exministro de Agricultura, ha retado a la portavoz socialista en un programa de televisión a que repita «con claridad» su acusación fuera del Congreso para poder emprender acciones legales. Si Soraya Rodríguez hubiera vertido las mismas acusaciones fuera del hemiciclo, Cañete habría podido denunciarla por calumnias, un delito castigado con penas de prisión de seis meses a dos años.
¿Derecho o privilegio?
La inmunidad parlamentaria se creó para proteger a los representantes de las injerencias del Poder Ejecutivo y evitar que fueran perseguidos por motivos políticos. Un diputado solo puede ser detenido en caso de «flagrante delito» y no podrá ser procesado sin que lo autorice la Cámara. Sin embargo, este «derecho» es percibido cada vez más como un «privilegio» de los parlamentarios por el abuso que algunos han hecho de él.
El presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González, padeció en su carnes el abuso de la ley cuando el pasado septiembre el Tribunal Supremo decidió archivar la querella que interpuso contra Maru Menéndez, senadora y portavoz del PSM en la Asamblea de Madrid, por llamarle «corrupto» y relacionarle con la trama «Gürtel» durante una sesión plenaria de la Asamblea de Madrid en el mes de mayo. El Tribunal consideró que estas declaraciones se enmarcaban dentro de la libertad de expresión del debate parlamentario, y no consideraba procedente iniciar actuaciones judiciales contra la portavoz de los socialistas madrileños en la Asamblea.
Esta misma inviolabilidad parlamentaria protegió a los diputados de Amaiur de una sanción después de que el pasado febrero varios de sus diputados mostraran desde sus escaños varios carteles que decían «Euskal preso eta iheslariak etxera» («Presos vascos y represaliados, a casa»). El presidente del Parlamento, Jesús Posada, reconoció que estas manifestaciones entraban dentro del derecho de inviolabilidad de los diputados.
Para corregir esta sobreprotección, varios grupos parlamentarios como UpyD llevan años pidiendo la creación del delito de perjurio con el objetivo de combatir la mentira en sede parlamentaria. De esta forma las falsas acusaciones de los diputados serían consideradas delitos por hacerlo bajo juramento. Paradójicamente, la propia Soraya Rodríguez pidió en agosto del año pasado, a raíz del «caso Bárcenas» , la reforma del reglamento parlamentario «para evitar la mentira en sede parlamentaria».
Derecho al insulto en el Congreso
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete