En este sentido, las opciones que se ofrecen al contribuyente son las siguientes:
-Asignación a favor de la Iglesia Católica: mediante dicha opción se destinará un 0,7% de la cuota íntegra de la declaración del IRPF del contribuyente, al sostenimiento de la Iglesia Católica.
-Asignación a favor de otros fines sociales: mediante dicha opción se destinará un 0,7% de la cuota íntegra de la declaración de IRPF del contribuyente, a otros fines de interés social.
-Designar ambas casillas tanto para la Iglesia Católica, como para fines sociales destinando un 0,7% de su cuota íntegra a cada fin.
-No designar ninguna de las opciones anteriores, en cuyo caso el 0,7% de la cuota íntegra del IRPF será destinada a los presupuestos generales del Estado con fines generales.
Iván Sáez Fuertes y Simona Alen, Director y consultor del departamento People Advisory Services de EY
¿Cómo funciona la asignación a la Iglesia y otros fines sociales? ¿Puedo marcar ambas en mi declaración?
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