ECONOMÍA/REFORMA LABORAL
La prórroga automática de los convenios colectivos se rebaja de dos a un año
El empresario podrá disponer de hasta el 10% de la jornada del trabajador con un preaviso de cinco días
La comisión de Empleo y Seguridad Social del Congreso ha aprobado, tras cinco horas de discusiones y votaciones, la reforma laboral, que ahora pasará al Senado. El texto aprobado el 10 de febrero ha sufrido importantes modificaciones a través de una treintena de enmiendas transaccionales ... incluidas a última hora. Las novedades más importantes son las siguientes:
- Para incentivar la negociación de las condiciones de trabajo por los representantes de empresas y trabajadores, se fija en una año la ultraactividad de los convenios colectivos, esto es, el periodo de tiempo que sigue vigente un convenio tras su denuncia, frente a los dos que señalaba el real decreto-ley 3/2012.
- Se limita la vigencia del contrato de trabajo indefinido de apoyo a los emprendedores (con un año de duración y sin indemnización) hasta que la tasa de paro sea de un 15% (actualmente es del 24,44%).
- Se amplía del 5 al 10% la parte de jornada que la empresa puede distribuir de manera irregular a lo largo del año, estableciéndose por su parte el derecho del trabajador a un preaviso de cinco días de antelación cuándo va a prestar servicios por el 10% señalado.
- Se endurecen los requisitos para que las empresas puedan despedir con 20 días de indmenización. Así, se define con mayor precisión las causas de los despidos colectivos, de manera que los tres trimestres de reducción de ingresos y ventas considerados como causa económica deberán ser contrastados con los tres mismos trimestres del ejercicio económico anterior.
- En los despidos por absentismo, se establece un periodo de referencia de un año para computar las ausencias del trabajador, de manera que las ausencias debidas a pequeñas enfermedades producidas en dos meses no sean causa de despido. Tampoco se computarán aquellas ausencias del trabajo que obedezcan a un tratamiento de cáncer o de enfermedad grave.
- Los familiares que trabajan con un autónomo podrán darse de alta en la Seguridad Social con una reducción del 50% en sus cuotas sociales durante 18 meses, según una de las enmiendas a la reforma laboral aprobada hoy en la comisión de Empleo del Congreso. Esta medida permitirá regularizar a unas 216.000 personas que ayudan en el negocio familiar, fundamentalmente de los sectores del comercio y hostelería.
- En materia de prejubilaciones, se revisan las previsiones relativas a despidos colectivos que afecten a trabajadores de 50 ó más años de edad en empresas con beneficios, rebajándose el umbral de plantilla de 500 a 100 trabajadores, es decir, la obligación efectuar una aportación económica al Tesoro Público.
- Se elimina la jubilación forzosa prevista en convenio al declarar nulas y sin efecto las cláusulas de los convenios colectivos que permitan la extinción del contrato de trabajo cuando el trabajador cumpla la edad de jubilación prevista en la normativa de Seguridad Social. Se refuerza de esta forma el derecho a la jubilación del trabajador, garantizándose la libertad para decidir sobre su vida activa y el momento de su jubilación.
- Para eliminar trabas al contrato para la formación y el aprendizaje y fomentar su utilización, con la consiguiente reducción del desempleo juvenil, se determina que podrán acoger a esta modalidad contractual los trabajadores que cursen formación profesional del sistema educativo. Además, el límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad ni con los colectivos en situación de exclusión social en los casos en que sean contratados por parte de empresas de inserción que estén cualificadas y activas en el registro administrativo correspondiente.
- Para las empresas del sector turístico se establece la posibilidad de ampliar durante dos meses (marzo y noviembre) más la actividad de los trabajadores fijos discontinuos, bonificándose para ello el 50% de la cotización empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes durante estos dos meses adicionales.
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