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RENTA 2015

¿Quiénes están exentos de presentar la declaración de la Renta?

No están obligadas a presentar la declaración las rentas de un solo pagador ìguales o inferiores a los 22.000 euros anuales

¿Quiénes están exentos de presentar la declaración de la Renta? EFE

ABC.es

Cuando los rendimientos del trabajo procedan de más de un pagador y la suma del segundo y restantes supere los 1.500 euros, la obligación de declarar se fija en los 11.200 euros anuales.

En los casos en los que hay un solo pagador (o varios si la suma del segundo y restantes no supera los 1.500 euros) el límite se establece en 22.000 euros.

No obstante, cualquier contribuyente que no esté obligado a declarar puede hacerlo si tiene derecho a recibir una devolución . Estas son algunas de las características que te permiten evitar la declaración de la Renta:

- Cuando se perciban pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos de personas distintas de los padres.

- Cuando el pagador de los rendimientos del trabajo no esté obligado a retener.

- Cuando se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo de retención.

- Tampoco se tiene que realizar la Declaración de la Renta cuando se trate de rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidos a retención a cuenta con el límite conjunto de 1.600 euros brutos anuales .

- Posees rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos del capital mobiliario no sujetas a retención como Letras o la adquisición de viviendas de protección individual de protección oficial con un límite de 1.000 euros brutos.

- Obtengas rendimientos del trabajo, de capital o de actividades profesionales, así como ganancias patrimoniales con el límite de 1.000 euros brutos anuales y pérdidas patrimoniales cuya cuantía inferior a 500 euros.

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