Suelen pasar desapercibidas cuando se hace la Declaración de la Renta , pero no por ello, hay que dejar de tributar. Y es que todas las subvenciones y prestaciones de organismos públicos y privados se deben incluir en el apartado de ganancias patrimoniales.
Las ayudas ... del Plan PIVE o las ayudas del alquiler, que por ejemplo existen todavía en alguna que otra comunidad, deben reflejarse. Sin embargo, es habitual la omisión de estos datos debido a la falta de conocimiento por parte del contribuyente.
Si, por ejemplo, recientemente ha comprado un coche con la ayuda del Plan PIVE, que contempla una ayuda de 2.000 euros, solo deberá tributar por 1.000 euros, que son los que aporta el Gobierno, mientras que el resto los aporta el concesionario. Así, esa cantidad debe declararse como ganancia patrimonial y no derivar de la transmisión de bienes.
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