El código ético de CEOE entra hoy en vigor bajo la sombra de Díaz Ferrán
Rosell ha reconocido que «ha habido conductas, cuando menos, inadecuadas y demasiada impunidad ante la irresponsabilidad» en la sociedad
J. G. N.
El nuevo código ético y de buen gobierno de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE) , que fue aprobado por su asamblea el pasado 18 de junio, entra hoy en vigor bajo la sombra de Gerardo Díaz Ferrán , anterior presidente de esta patronal ... que está en la cárcel desde hace casi nueve meses.
El presidente de CEOE, Juan Rosell , dijo en la asamblea que el nuevo código ético y la reforma de los estatutos «supondrán un mayor control y total transparencia, tanto con el dinero público, que es minoría, como con el privado, que es mayoría, sin excepciones ni tibiezas».
Rosell ha reconocido que la sociedad está reclamando «una regeneración de los principios y valores» en lo político, en lo social y en lo económico y que «ha habido conductas, cuando menos, inadecuadas y demasiada impunidad ante la irresponsabilidad».
Reputación y legalidad
El código ético recoge que «todos los empleados y cargos directivos deben evitar cualquier conducta que, aún sin violar la ley, pueda perjudicar la reputación de la CEOE . Ningún empleado colaborará conscientemente con terceros en la violación de ninguna ley, ni participará en ninguna actuación que comprometa el respecto al principio de legalidad».
Asimismo, estas personas «asumen el compromiso de comunicar a la comisión de régimen interno la apertura de cualquier procedimiento judicial penal con trascendencia empresarial, poniendo a disposición de los órganos de gobierno de CEOE su cargo hasta que se resuelva el asunto». En este caso, la junta directiva podrá, por mayoría simple de los directivos presentes y representados, suspender de su cargo a esa persona o proponer a la asamblea el apartamiento de su cargo. Se entiende que se ha abierto un procedimiento penal cuando se formule contra el interesado un escrito de acusación por el fiscal, cuando se adopte contra el mismo una medida cautelar «de especial importancia e intensidad» o cuando se dicte un auto de procesamiento.
El código también hace referencia a la corrupción y sobornos y subraya que «directivos y empleados en ningún caso podrán recurrir ni tolerar sobornos de, o hacia terceros» . Tampoco podrán «realizar ni ofrecer, de forma directa o indirecta, ningún pago en metálico, en especie o cualquier otro beneficio de ninguna clase a cualquier persona al servicio de cualquier entidad, pública o privada, partido político o candidato a cargo público, con la intención de obtener o mantener, ilícitamente, negocios u otras ventajas».
Por último, la CEOE «excluirá de los procesos de contratación a aquellas personas que hayan acreditado conductas o comportamientos reprobables administrativa o criminalmente».
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