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El agresor de Jesús Neira debe comparecer cada lunes en sede juidicial. La juez ha tenido en cuenta en su auto la mejoría del perjudicado
Las fechas clave
2-8-08. Jesús Neira llega al Hotel Majadahonda con su hijo. Es agredido por Antonio Puerta cuando le recrimina que, supuestamente, pegue a la pareja de éste.
8-8-08. El profesor Neira entra en coma. Es trasladado al antiguo Hospital Puerta de Hierro, en estado crítico. Sufre una hemorragia cerebral.
11-8-08. Puerta es detenido en Alicante. Se le acusa de tentativa de homicidio y lesiones. Dos días después ingresa en prisión preventiva. Su pareja le defiende.
25-8-08. Los cuatro médicos que atendieron a Neira desde el día de la agresión y hasta que entró en coma declaran como imputados por mala praxis.
13-10-08. El paciente despierta del coma, tras más de dos meses. Su estado físico, de cualquier manera, es muy frágil y continúa con respiración asistida.
14-10-08. Se abre juicio oral contra Puerta por los supuestos malos tratos. Paralelamente, Neira comienza a recibir distinciones, premios y un cargo regional.
13-10-09. Puerta denuncia a Neira por supuestas amenazas a la juez que instruye el caso de la presunta agresión al profesor universitario.
12-11-09. El Juzgado de lo Penal número 1 de Getafe someterá a juicio oral la causa contra Antonio Puerta por un delito de malos tratos en el ámbito familiar.
20-11-09. Siete meses y medio de prisión por agresión machista a su novia Violeta Santander.

Actualizado Martes , 23-02-10 a las 12 : 26
La magistrada del Juzgado de Instrucción Nº 4 de Majadahonda ha decretado la libertad provisional de Antonio Puerta Ramón en la causa seguida por ese órgano judicial en relación al conocido como «caso Neira», tras la agresión del primero al profesor de Derecho de la Universidad Camilo José Cela el pasado 2 de agosto.
El imputado deberá consignar la cantidad del 10.000 euros en concepto de fianza y tiene la obligación de comparecer ante la sede judicial competente los lunes de cada semana así como cuantas veces fuera llamado por la juez, en el caso de que ésta lo considere oportuno. Además, se prohíbe la salida del interesado del territorio nacional.
El auto establece, además, que se prohíbe a Antonio Puerta Ramón acercarse a Jesús Neira Rodríguez a menos de 500 metros de su persona, de su domicilio, de su lugar de trabajo y de cualesquiera otros lugares que frecuente; así como comunicarse con él por cualquier medio telefónico, electrónico o telemático.
Responsable de un delitoLa magistrada estima en su auto que existen motivos para considerar a Antonio Puerta criminalmente responsable de un delito que no estima de tentativa de homicidio, pero sí «al menos» de uno de lesiones ocasionadas a quien estuvo más de 60 días en coma. Sin embargo, «deben tenerse en cuenta diferentes consideraciones que llaman a acordar la cesación de la medida cautelar de prisión provisional sin fianza acordada en su día», dice la juez.
Entre estas consideraciones figura la reciente ratificación de los informes forenses en el juicio, «la notable mejoría experimentada por el perjudicado», el tiempo de diecisiete meses que Antonio Puerta lleva en prisión en relación con la gravedad de la pena de prisión establecida para este tipo de delito, así como el arraigo existente en la familia del imputado, con domicilio conocido y posición estable.
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