El Supremo confirma la nulidad de la primera Zona de Bajas Emisiones de Barcelona
El Ayuntamiento realizó una provisión de 32 millones para afrontar la devolución de las multas
Barcelona suaviza las restricciones de la ZBE
Barcelona
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Iniciar sesiónLa primera Zona de Bajas Emisiones (ZBE) de Barcelona implantada en Barcelona en enero de 2020 fue ilegal. Así la confirma el Tribunal Supremo al desestimar los recursos presentados por la Generalitat, el Ayuntamiento y el Área Metropolitana de Barcelona (AMB) contra el fallo ... del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de marzo de 2022, ahora ratificada, que la declaraba nula. La sentencia no afecta a la nueva regulación que veta el acceso a los coches más contaminantes, y que se aprobó en enero de 2023 precisamente para subsanar los fallos que apreciaba el TSJC en la regulación inicial.
En su momento, el TSJC consideró que la implantación de la primera ZBE se hizo sin la suficiente argumentación técnica, una «falta de informes que avalen algunas restricciones», así como un «exceso del ámbito geográfico de implantación y demasiada restricción del tipo de vehículos afectados». El TSJC reprochó además que se tomasen como p unto de partida «datos no actualizados« y sin haberse ponderado »suficientemente el alcance y consecuencias de la ordenanza impugnada sobre la movilidad de los ciudadanos, así como sus efectos sobre la competencia y el mercado«. En resumen, se apreciaban »vicios sustanciales en la elaboración de la norma«.
En el lado contrario, las administraciones promotoras alegaron que la sentencia recurrida «afecta de manera directa a las obligaciones adquiridas por España como miembro de la Unión Europea en relación con el cumplimiento de exigencias en materia de calidad del aire y discrepa de la pretendida falta de motivación y de la infracción del principio de proporcionalidad que se imputa a la ordenanza impugnada«. La legislación estatal prevé que todas las ciudades de más de 50.000 habitantes tengan zonas de restricción a vehículos contaminantes antes de 2024.
Frente a estas consideraciones, el TS ratifica lo fallado por el TSJC, que inciden en que la ordenanza «incide especialmente en los titulares con menor capacidad económica para renovar su vehículo« De igual modo, en el caso de vehículos profesionales, »el efecto limitativo se proyecta especialmente en los colectivos empresariales de menor capacidad económica para la renovación del vehículo, como son los autónomos, microempresas o pymes, lo cual no aparece considerado en el procedimiento de elaboración de la Ordenanza«.
Solicitan que las cámaras de ZBE también controlen la ITV
Canal MotorReforzar la formación en materia de seguridad vial, exigir la vigencia de la ITV para la contratación, renovación y subrogación de las pólizas del seguro de vehículos e incrementar las sanciones a los infractores son algunos de los planteamientos de AECA-ITV
La posibilidad de que el Tribunal Supremo confirmase la anulación de la primera ZBE ya era tenida en cuenta en el Consistorio barcelonés, que de hecho hizo en su momento una reserva de 32 millones de euros para hacer frente a las multas impuesta durante el periodo que estuvo vigente.
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