Una condena a cárcel que «amordaza la libertad de prensa»
Rechazo unánime a una sentencia contra una periodista de Huelva por revelación de secretos
Expertos en Derecho de la Información consideran que el fallo «pone en riesgo la labor de los periodistas de tribunales» y les obliga a la «autocensura»
Inédita pena de cárcel para una periodista en España
Madrid
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesión«Un atentado contra la libertad de expresión» y el «rechazo absoluto» a una sentencia que «amordaza la libertad de prensa». La repulsa de las asociaciones de prensa fue unánime ayer al conocerse la sentencia 96/2023, dictada por la Audiencia de Huelva, que ... condena a una periodista por revelación de secretos relacionados con el caso del asesinato de Laura Luelmo. El fallo, que impone a la periodista una pena de dos años de prisión, también fue valorado por expertos en derecho como un «grave precedente» que pone en riesgo «la labor de los periodistas de tribunales» al imponerles la «autocensura».
Es la primera vez en que un tribunal impone penas de cárcel a una periodista por publicar informaciones basadas en un sumario al que había tenido acceso, una práctica habitual en el periodismo judicial y que suele molestar a jueces y letrados. En este sentido, el catedrático de Derecho Constitucional en la especialidad de Derecho de la Información de la Universidad CEU San Pablo, Leopoldo Abad Alcalá considera que la sentencia puede sentar un «grave precedente».
En la práctica, la audiencia no condena por la revelación de secretos en sí, sino porque la periodista, aunque no ha tomado parte en el «descubrimiento» de la información, sí que la difunde con «conocimiento de su origen ilícito». Según Abad, eso «implica asumir que toda revelación de sumarios judiciales tiene origen ilícito, anulando prácticamente la labor de los periodistas de tribunales, que no publicarán informaciones por miedo a ser condenados». En ese sentido recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos condena las sanciones penales en el ámbito de la prensa porque «considera que producen dicha autocensura que el tribunal de Estrasburgo denomina 'chilling effect'».
Condenan a dos años de prisión a una periodista por revelar un sumario en una polémica sentencia de la Audiencia de Huelva
ANTONIO R. VEGAUno de los magistrados del tribunal que ha tomado esta decisión vetó el acceso de los medios de comunicación al juicio contra el asesino de Laura Luelmo
El catedrático de Derecho Constitucional alerta de que «si este 'modus operandi' fructifica, cualquier información que provenga de un sumario –secreto o no, en este caso no lo era, puntualiza–, puede condenar a su autor no solo a pena de prisión y a abonar una indemnización sino, aún más grave, a inhabilitación, lo que impediría poder ejercitar su profesión». De esta forma el periodista se encontrará «en manos de la valoración de los jueces que decidirán cuándo una información es de interés público o no, puesto que la veracidad no debería ponerse en duda, ya que proviene de un sumario».
Una idea en la que abundan las asociaciones de la prensa que, en su nota, recuerdan que el fallo judicial «deja al libre dictamen de los jueces la relevancia de una información», a la par que abre la puerta a que «se establezca una censura a posteriori en que se juzgue a los periodistas después de publicar una información». Así, inciden en que la sentencia «parece que condena» que la periodista «haya tenido acceso a las diligencias del sumario», lo que ponen en peligro la libertad de información puesto que puede llevar «a numerosos profesionales a la autocensura por temor a ser condenados».
Una decisión sin precedentes
La decisión que ayer se hizo pública no tiene precedentes. En reclamaciones anteriores, la instrucción siempre ha acabado en archivo. Sin embargo, ahora los magistrados Carmen Orland, Florentino Gregorio Ruiz y Luis García Valdecasas consideran aplicable el artículo 197.3 que señala que «se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores».
Aunque, en la práctica, la condena se sustenta en el párrafo siguiente que afirma que «será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior».
Es a partir de ahí donde fundamenta la pena de dos años de prisión para la periodista, a la que suma una multa de 18 meses con una cuota de seis euros diarios y a la inhabilitación para el ejercicio de la profesión periodística durante el tiempo de la condena. Además le condena a pagar una indemnización de 30.000 euros a los parientes de Luelmo.
La periodista fue denunciada, junto a otro compañero del Diario de Huelva, por los familiares de la víctima. La sentencia absuelve a este último, pero condena a la redactora al considerar que los datos divulgados sobre la intimidad de la víctima son ajenos a lo «noticiable» y pueden calificarse como «irrelevantes, gratuitos e innecesarios».
En ese sentido la sentencia reprocha la publicación de una noticia que recogía «las últimas imágenes de Laura Luelmo con vida» al considerar que el artículo «carece en absoluto de interés informativo, pues hace el recorrido de la compra de la víctima con una crónica en la que va de la observación de que llevaba aquélla un abrigo (trench) oscuro con capucha, pantalones vaqueros y deportivas, hasta lo que capta su atención en las estanterías, los productos que coge y obtiene de un empleado, el pago en caja, e incluso un bostezo de la joven, descripción irrelevante en relación con la información que interesa a la comunidad en un suceso de tales dimensiones».
Esta sentencia complica bastante la libertad de prensa.
— Joaquín Urias (@jpurias) July 2, 2023
No es porque el Tribunal valore la relevancia de la información, sino porque crea una vía fraudulenta para castigar al periodista que publica un sumario secreto, algo permitido por la ley.https://t.co/WYSHM4YvsX
Una vez conocida la sentencia, también Javier Urias, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla también ha explicado que «complica bastante la libertad de prensa», en un hilo en su cuenta de Twitter. El experto considera que «crea una vía fraudulenta para castigar al periodista que publica un sumario secreto, algo permitido por la ley«, recuerda.
Además, destaca que el delito de revelación de sumario «solo castiga al juez o funcionario que lo filtra, pero no a quien recibe la filtración y la publica. Si es periodista tiene derecho a no revelar su fuente». Y comenta con contundencia que «esto siempre ha jodido a los jueces pero protege la libertad de información». Desde ahí, considera que esta sentencia «busca cortar esa fuente [de información para el comunicador] y asustar a los periodistas», hasta con una pena de cuatro años de cárcel.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete