Bloqueo fallido del Govern al bilingüismo: el TSJC dicta más español en ocho fallos pese a la norma para eludir el 25%, que tilda de «inconstitucional»
En todas las sentencias ratifica que el castellano debe ser también lengua vehicular y lo desvincula de la posible inconstitucionalidad de las normas autonómicas
Considera que la inmersión «solo podría aplicarse si hubiera la opción de dos regímenes lingüísticos» pero no en un sistema de conjunción lingüística
Cataluña redobla su ofensiva para blindar el catalán en la escuela ante «el avance de la ultraderecha»
Esther Armora y Daniel Tercero
Barcelona
Desde que el Govern catalán aprobó su arsenal legal (Decreto-ley 6/2022, de 30 de mayo, por el que se fijan los criterios aplicables a la elaboración, la aprobación, la validación y la revisión de los proyectos lingüísticos de los centros educativos, y ... Ley 8/22 sobre el uso y aprendizaje de las lenguas oficiales en la enseñanza no universitaria) para eludir la aplicación de la sentencia de diciembre de 2020 que dicta un 25 por ciento de castellano en todo el sistema educativo, el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha emitido ya ocho fallos, tres de ellos en esta última semana, que conceden más horas de clases en castellano a familias que lo han solicitado para sus hijos.
Las tres últimas resoluciones, con fecha de 17 de julio y cuyo fallo fue avanzado la pasada semana por el tribunal catalán, son sentencias, excepto una, que confirman medidas cautelares vigentes que conceden una asignatura más de español en una aula de cada uno de los centros y corresponden a tres familias, dos asesoradas por la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) y otra por Hablamos Español (HE) y Convivencia Cívica Catalana (CCC). Otras dos resoluciones, una de ellas podría ser la de la familia de Canet de Mar (Barcelona) que fue acosada por pedir más castellano para su hijo, y otra de un padre de El Prat de Llobregat, que reclamó lo mismo para su vástago, están pendientes de salir en espera de que el TSJC obtenga la documentación pendiente que ha solicitado a las familias.
En todas ellas, el TSJC ratifica su criterio de que el castellano debe seguir siendo lengua vehicular de enseñanza en Cataluña junto al catalán. Y desvincula el derecho de las familias a pedir más horas de clases en castellano en el currículo de sus hijos de la resolución de la posible inconstitucionalidad de las normas catalanas, en manos del Tribunal Constitucional. El tribunal catalán tilda también en su argumentario de inconstitucional el nuevo marco legal aprobado por el Govern para eludir la aplicación del 25 por ciento de castellano en todo el sistema, y considera, asimismo, que la inmersión lingüística en las escuelas catalanas «solo podría aplicarse si hubiera la opción de dos regímenes lingüísticos», pero no en un sistema único de conjunción lingüística como el que se aplica en Cataluña.
Según los magistrados -los fallos se adoptan por unanimidad-, el sistema de inmersión lingüística «podría tener viabilidad» en un sistema binario o de opción lingüística, pero «presenta unos límites en un modelo único integral de enseñanza gratuita para todos los alumnos». En base a este argumento, que es el que lleva señalando el Constitucional, al menos desde 1994, el TSJC cree que en un sistema único «hay que respetar la cooficialidad de las lenguas, y el derecho de los alumnos a recibir un mínimo de enseñanza en castellano».
En las dos sentencias confirmatorias de medidas cautelares cuyas familias han sido asesoradas por la AEB, el TSJC reconoce el derecho de las familias a que sus hijos sean escolarizados con una asignatura principal con carga lectiva en castellano. No obstante, como en fallos anteriores, descarta la petición de la entidad de anular los Proyectos Lingüísticos de Centro (PLC). «Los fallos, correspondientes a dos colegios de las localidades barcelonesas de Vilanova del Vallés y de Sant Esteve de Sesrovires, vienen a ratificar lo mantenido en cinco sentencias pronunciadas con anterioridad en los meses de diciembre de 2022 (1), mayo de 2023 (2) y junio de 2023 (2), relativas a colegios de Palamós (Gerona), Sant Pere de Ribes (Barcelona), Sant Esteve de Sesrovires (Barcelona) y Barcelona», apunta la AEB.
En todas estas sentencias, el tribunal «prioriza el derecho constitucional a ser escolarizado también en castellano y considera que la nueva normativa de la Generalitat (el Decreto ley 6/2022 y la Ley 8/2022) destinada a eludir el cumplimiento generalizado de la sentencia del 25 por ciento no impide la escolarización también en castellano cuando se acredita que en los colegios no se imparten asignaturas en castellano más allá de la asignatura de lengua». La Generalitat ha presentado recurso de casación en tres asuntos, los correspondientes a los colegios de Sant Pere de Ribes, Palamós, y Barcelona. En los tres asuntos las familias se opondrán a la admisión del recurso.
Primer fallo, sin cautelares previas, con la nueva normativa
En la tercera sentencia emitida esta semana por el TSJC, la primera sin cautelares previas que se emite con el nuevo marco normativo catalán y relativa a una familia que ha sido asesorada por Hablamos Español y Convivencia Cívica, el alto tribunal catalán dicta en el mismo sentido y reproduce el mismo argumentario que en los fallos anteriores. Se trata, según precisa HE, de «una familia para la que solicitamos el mínimo legal de español en el centro de su hijo, cuando éste estudiaba en el colegio Emili Juncadella de Barcelona. Ahora el niño estudia en otro centro».
«De lo que hemos podido analizar hasta ahora del texto de esta sentencia, podría deducirse que probablemente vamos a conseguir pronunciamientos similares en otros colegios donde el español no sea lengua vehicular ni siquiera en un 25 por ciento. Eso querría decir que, la artimaña ideada por el Govern catalán con la nueva ley aprobada, para sortear las sentencias del 25 por ciento, no les ha servido de nada», señala Gloria Lago, presidenta de HE.
«Vamos a analizar en detalle esta novedosa sentencia para poder valorar en profundidad las consecuencias que va a tener para la lucha contra el totalitarismo lingüístico imperante en Cataluña, todo ello sin perder de vista el objetivo de la asociación Hablamos Español, que es lograr una política lingüística homologable a la de los demás países con cooficialidad lingüística, es decir, que haya líneas de enseñanza en cada idioma oficial con la otra lengua como asignatura. Los porcentajes impuestos son una aberración pedagógica y son además contrarios a tratados internacionales ratificados por España», concluye Lago.
Simó: «El TSJC se está excediendo de sus funciones»
Por su parte, Anna Simó (ERC), consejera de Educación de la Generalitat, ha cargado duramente contra los magistrados del TSJC a los que ha acusado de excederse en sus competencias. Para Simó, preguntada por las decisiones del TSJC tras la reunión del Govern catalán de este martes, las sentencias «van en contra del marco legal de Cataluña» y ha señalado que «el TSJC no tiene reconocida la función pedagógica por ley».
La responsable de la enseñanza en la región ha adelantado que en cuanto analicen al detalle la sentencia la recurrirán ante el Tribunal Supremo en casación. En su opinión, las sentencia «no han de tener cabida, ya que hay un nuevo marco legal», en alusión al decreto y la ley aprobados para impedir el cumplimiento del 25 por ciento de español, al menos, en todo el sistema educativo. «El TSJC se está excediendo de sus funciones», ha añadido.
Límite de sesiones alcanzadas
- El acceso al contenido Premium está abierto por cortesía del establecimiento donde te encuentras, pero ahora mismo hay demasiados usuarios conectados a la vez. Por favor, inténtalo pasados unos minutos.
Has superado el límite de sesiones
- Sólo puedes tener tres sesiones iniciadas a la vez. Hemos cerrado la sesión más antigua para que sigas navegando sin límites en el resto.
Esta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete
Esta funcionalidad es sólo para registrados
Iniciar sesiónEsta funcionalidad es sólo para suscriptores
Suscribete