Sentencia judicial

Los bancos deberán aceptar el suelo de Buen Aire en pago de la deuda de 104 millones de Inversión Corporativa

El juez Mercantil 3 de Sevilla reconoce el acuerdo extrajudicial que alcanzó la banca acreedora con la empresa presidida por Felipe Benjumea

Recreación virtual del futuro barrio del Buen Aire, junto a Santa Clara, suelos que son en parte propiedad de Inversión Corporativa, sociedad presidida por Felipe Benjumea ABC

El juez mercantil 3 de Sevilla, Miguel Ángel Navarro , ha dictaminado que la banca acreedora de Inversión Corporativa (IC), presidida por Felipe Benjumea, y sus filiales debe cumplir el acuerdo extraprocesal por el que aceptó en 2019 el pago de 104 millones de ... euros a cambio de una bolsa de suelo de 427.801 metros cuadrados en una de las solas de mayor expansión de la ciudad: Buen Aire, frente a Santa Clara. El 'pool' bancario lo forman Santander, Sabadell, Bankinter, CaixaBank y Unicaja.

El magistrado reconoce «la existencia entre partes, de un precontrato condicional de dación en pago del entero crédito hipotecario de las codemandadas reconocido en las actuaciones concursales acumuladas, a cambio de la cesión a su favor de los terrenos del Buenaire objeto de las presentes, una vez acontecida la reclasificación urbanística de los mismos, mediante la aprobación definitiva del Plan Parcial del Sector». Así pues, la sentencia condena a la banca acreedora a «la formalización del negocio correspondiente con intervención de la administración concursal, y como parte, asimismo, del acuerdo de satisfacción extraprocesal pendiente de hacerse valer, enteramente, en las presentes, al constar ya su parcial cumplimiento esencial, al menos, en relación al resto de los acreedores concursales».

Según el informe que en 2019 presentó el administrador concursal de Inversión Corporativa, AATI Concursal -de la que son socios los letrados Joaquín y Javier Aguilar Cazorla y los economistas Francisco Tato, Miguel Isasi y Joaquín Arbona - la dación en pago del suelo sería la llave para la salida del concurso de acreedores esta empresa y sus seis filiales. La sentencia del Juzgado Mercantil 1 que conmina a la banca a acreedora a cumplir el acuerdo no es firme, ya que se puede recurrir en apelación.

Tramitación urbanística completada

En 2019 se declaró el concurso de acreedores de la compañía Inversión Corporativa y sus filiales (Finarpisa, Iniciativas de Bienes Inmuebles (Ibisa), Iniciativas Concertadas, Iniciativas de Bienes Rústicos, Explotaciones Casas Quemada y Herrería la Mayor). Inversión Corporativa, ligada a la segunda y tercera generación de las familias fundadoras de Abengoa -las familias Benjumea, Aya, Abaurre, Solís y Sundhein- y llegó a tener el 51% de los derechos de voto en Abengoa. En el concurso, se presentó una tasación de los suelos de Buen Aire de 107 millones de euros a la que entonces la banca no pudo objeción.

Durante el procedimiento concursal, Inversión Corporativa asegura que alcanzó un acuerdo extraprocesal con la banca acreedora para una dación en pago de una deuda de 104 millones de euros con los suelos que la sociedad tiene en Buen Aire. A resultas de ello, el juez suspendió el procedimiento concursal para que se produjera la recalificación de los suelos en el Ayuntamiento, consolidando así su valor. Sin embargo, la banca acreedora se negó a cumplir el acuerdo de dación en pago después de que Inversión Corporativa hubiese llevado adelante el Ayuntamiento todos los trámites urbanísticos para que en mayo de 2020 la Gerencia de Urbanismo aprobara el Plan Parcial del sector de suelo urbanizable denominado Buenaire , ubicado junto al nudo de la Gota de Leche, en la intesercción entre la A-4 y la SE-30 en la salida hacia Córdoba y Madrid. La aprobación de ese plan parcial revalorizaba los terrenos y daba luz verde a un ambicioso proyecto urbanístico de 380 millones de euros para levantar todo un nuevo barrio frente a Sevilla Este y Santa Clara, con 2.330 viviendas, de las cuales 770 serán protegidas.

Discrepancias sobre el valor del suelo

El plan de reestructuración financiera de Inversión Corporativa y sus filiales pivotaba sobre los terrenos de de Buen Aire y aunque el valor de los terrenos se disparó tras aprobarse el Plan Parcial que daba luz verde al proyecto inmobiliario, el 'pool bancario' pretendió hacer valer un informe de Sotasa que daba a esos terrenos un valor de 10,1 millones, y no de 104,7 millones, como indicaba el informe de Thyrsa que aportó Inversión Corporativa. Con ese argumento, la banca acreedora pretendió que Inversión Corporativa aportara otros terrenos que tenía la sociedad, así como sus filiales. De hecho, sus sociedades participadas tienen fincas agrícolas y de ganado que suman 2.000 hectáreas y de ganado.

La banca argumenta además que no se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la aprobación definitiva del lan Parcial del Buen aire, ya que para ello hace falta depositar un aval a favor del Ayuntamiento de 2,4 millones de euros, que Inversión Corporativa y sus filiales reconocen no haber pagado. A su juicio, «el plan parcial no es todavía efectivo y, por tanto, la tramitación del planeamiento urbanístico no estaá finalizada».

Cuando la banca acreedora se negó a cumplir el acuerdo, Inversión Corporativa planteó un incidente concursal para que se cumpliera el acuerdo por el que saldaba su deuda con los suelos de Buen Aire. La empresa argumentó que se habían cumplido las tres condiciones necesarias para que se cumpliera ese acuerdo, como era la aprobación definitiva en mayo de 2020 del Plan Parcial del sector de suelo urbanizable denominado Buen Aire; la constitución de la junta de compensación de Buen Aire el 23 de julio de 2020 y la tercera, la tasación de los terrenos por una compañía conforme a los parámetros del Banco de España, que se hizo en noviembre de 2020. Ese informe da al casi medio millón de metros cuadrados de Inversión Corporativa en Buen Aire un valor de 104,7 millones de euros.

Tasación «irrisoria de los suelos»

El juez señala ahora que no se hubiera suspendido el procedimiento concursal de no haber habido un acuerdo extrajudicial, calificando además de «irrisoria» la tasación que el 'pool bancario' ha presentado de los suelos , una «tasación por un valor diez veces inferior a lo ya considerado por todos. Y no es de recibo una valoración tal, ni aún con amparo o excusa de una "metodología diversa" o como también se dice, "por distinto criterio en cuanto a lo que debe entender a estos efectos completada la gestión urbanizada, pues las supuestas fincas resultantes no existen ni como tales están inscritas"».

Sobre el interés de la banca acreedora de cobrarse la deuda con otros suelos y bienes de Inversión Corporativa y sus filiales, el juez considera que detrás de la decisión de no aceptar el pago de la deuda con los suelos de Buen Aire hay «a simple vista» una mayor ambición sobre todo el patrimonio de las concursadas. A juicio del magistrado, el 'pool' quiere obviar el Plan Parcial aprobado y el hecho de que se haya constituido la junta de compensación con el argumento de que no se ha publicado por la falta de un depósito previos de 2,4 millones, cuando se entiende que ello ha de quedar a cargo de quienes ejecuten el planeamiento. «El contenido condicional del compromiso bilateral alcanzado se considera así suficientemente acreditado», según la sentencia, que da reconocimiento judicial al acuerdo.

Previsiblemente, el 'pool bancario' recurrirá la sentencia, ya que negó la existencia de pruebas de ese acuerdo con la sociedad presidida por Felipe Benjumea, afirmando que lo único que se produjo es la aceptación de la suspensión del procedimiento concursal a la espera de la aprobación definitiva del Plan Parcial del Buen Aire para obtener una tasación que reflejara una revalorización de los suelos. Según Unicaja, el artículo 211 del Texto Refundido de la Ley Concursal, «la dación en pago exige el consentimiento expreso y previo de los acreedores privilegiados, que supone una tasación actualizada por entidad homologada y tal trámite no consta en autos».

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