caso marta del castillo
La Audiencia absuelve a Samuel porque no vale «una acusación en blanco»
Los jueces absuelven al amigo de Carcaño de encubrimiento e insisten en que solo hay «conjeturas y sospechas» y que es una especie de «acusación universal»
mercedes benítez
La Audiencia Provincial de Sevilla ha absuelto a Samuel Benítez del delito de encubrimiento del crimen de Marta del Castillo. Después de que el Tribunal Supremo ratificara la sentencia que condenó a Miguel Carcaño y pidiera a la Audiencia que volviera a redactar la sentencia ... en lo referente a Samuel, los jueces ratifican el fallo en el mismo sentido e insisten en que las acusaciones contra el amigo de Carcaño «son imprecisas» y no hay pruebas para condenarlo.
En una sentencia de 62 folios que ha sido hecha pública en la mañana de hoy martes, la sección III recuerda los hechos probados, según los cuales, Miguel Carcaño mató a Marta de Castillo la noche del 24 de enero de 2009 tras una discusión verbal con ésta propinándole un golpe con un cenicero en la sien izquierda. Luego, tiró el cenicero ensangrentado en la colcha y, tras comprobar que la joven estaba muerta colocándole el tensiómetro en la muñeca, se presentó en la vivienda el menor, El Cuco. Tras hablar ambos durante un rato decidieron deshacerse del cuerpo de Marta. Entre los dos y con la ayuda de un tercero desconocido colocaron el cadáver de la joven en una silla de ruedas y lo sacaron de la vivienda haciéndolo desaparece en un lugar que se desconoce. A continuación Miguel se fue a Camas, al domicilio de su novia, lugar el que llegó sobre las 22.10 de la noche.
En cuanto a María García y Francisco Javier Delgado, la sentencia reproduce lo dictado por el Supremo, que consideró que ambos debían ser absuelto mientras que, en lo referente a Samuel Benítez, los jueces aseguran que éste «estuvo ininterrumpidamente en Montequinto» desde las 12 horas de la mañana hasta las 2.20 de la madrugada. Así, tras recordar que están «en la misma situación que estábamos al final del juicio oral», los jueces de la sección III aseguran que las acusaciones contra Samuel son «imprecisas».
En referencia a la desaparición del cuerpo de Marta, la sentencia recalca que «el vacío fáctico no puede ser más desolador» e insiste en que se trata de «una especie de acusación en blanco o universal abierta a cualquier hipótesis» puesto que, lo más cercano a la fijación de un hecho que había en la calificación de las acusaciones era la afirmación de que tras dar muerte a Marta Carcaño y el menor «en diferentes momento de esa noche tomaron contacto con los demás procesados».
Además el fallo insiste en el error de las acusaciones al sostener que Carcaño permaneció en Sevilla sin solución de continuidad hasta horas de madrugada pese a que consideran que todas las actividades (la muerte y ocultamiento del cuerpo) culminaron antes de las 22.15.
Sobre las acusaciones lanzadas por el propio Miguel Carcaño hacia su amigo, los jueces recuerdan que las versiones del asesino de Marta «son variopintas» y recuerdan que mantuvo siempre una franja horaria que excluía a Samuel gracias a su coartada demostrada. También recuerdan los jueces las distintas versiones dadas por Carcaño sobre el medio de transporte usado para hacer desaparecer el cuerpo, unas versiones que «son ofrecidas en función de sus intereses» mientras que recalcan en que ninguno de los restos biológicos detectados en el piso de León XIII corresponden a Samuel Benítez. Y tampoco se puede precisar, según lo dicho por el Cuco que Samuel «estuviera en la tarde noche del día 24 de enero ni en las primeras horas de la madrugada ya que a esas horas se encontraba en Montequinto».
«Todo son conjeturas o sospechas de las dos acusaciones sin aportar pruebas fehacientes en las que sustentar las acusaciones», concluyen los jueces. Ahora la familia de Marta tiene puestas sus esperanzas en el recurso contra el archivo de la causa contra Francisco Javier Delgado.
La Audiencia absuelve a Samuel porque no vale «una acusación en blanco»
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