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COMUNIDAD VALENCIANA

Educación implanta un protocolo para mediar entre los padres separados

La iniciativa pretende evitar conflictos de los progenitores en los centros educativos

Educación implanta un protocolo para mediar entre los padres separados abc

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La Conselleria de Educación, Cultura y Deporte implantará durante el curso 2013-14 un protocolo de actuación que regulará las relaciones de los centros educativos con los padres separados o divorciados para garantizar que ambos progenitores, si cuentan con la patria potestad, reciban información y participen en la toma de decisiones.

El protocolo e stablecerá cómo deben actuar los centros teniendo en cuenta los derechos y deberes de los progenitores en función de si tienen la patria potestad o la guarda y custodia. Si tienen la patria potestad, el objetivo es que ambos reciban información académica , participen en la elección del centro, en su funcionamiento, puedan recoger a los menores o autoricen la difusión de material audiovisual en el que aparezca, entre otros aspectos.

En un momento en que el número de alumnos procedentes de matrimonios o parejas disueltas es mayor, se pretende evitar conflictos que afectan a la comunicación y relación del centro con los progenitores ante la divergencia de intereses entre los padres y madres de los alumnos.

La medida ha sido consensuada con las principales asociaciones que promueven la custodia compartida en la Comunitat Valenciana, con las que la Conselleria ha mantenido diversos encuentros, como la Asociación Custodia Compartida de Alicante, Castellón y Valencia, y la Asociación de Abuelos por la Custodia Compartida de la Comunitat Valenciana.

En primer lugar, las instrucciones establecen que cuando el centro deba tomar una decisión educativa con respecto al menor y constate un desacuerdo manifiesto entre los progenitores , deberá remitirlos a la autoridad judicial poniendo los hechos en conocimiento del fiscal si considera que existe un riesgo para la vida, la integridad, salud, dignidad o libertad del menor o que la situación es gravemente perjudicial o dañosa para el hijo.

En cuanto a la escolarización del menor , el centro requerirá la firma de ambos progenitores para proceder a su matriculación por primera vez o a un cambio de centro, en el caso de que la sentencia o auto de medidas provisionales no haya dispuesto nada sobre el ejercicio de la patria potestad en materia educativa. Para ello, junto con la solicitud de admisión se deberá adjuntar la parte expositiva referida al ámbito educativo de la sentencia o auto de padres o madres separados o divorciados o parejas de hecho que hayan puesto fin a su convivencia.

En cuanto a la recogida del centro , el menor se entregará al padre o madre o tutor, según establezca la resolución judicial , sin perjuicio de que éste pueda autorizar por escrito al otro progenitor o a una tercera persona para que lo recoja en su nombre. Para ello, quien tenga la guardia y custodia entregará al centro un listado de personas autorizadas debidamente identificadas para poder recoger al menor a la salida de clase.

Otra de las directrices que se da a los centros es acerca de la información sobre el proceso de evaluación . En el caso de que ambos progenitores tengan la patria potestad, el centro duplicará la información de la evaluación para entregársela a ambos. No lo hará en el caso de que exista privación de la patria potestad o algún tipo de medida penal de prohibición de comunicación impuesta a alguno de los progenitores.

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