El juez del Supremo ve indicios para procesar al diputado del PP Alberto Casero
Pide a la Sala Segunda que envíe suplicatorio al Congreso para proceder contra él por prevaricación y malversación
Madrid
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Iniciar sesiónEl instructor del Tribunal Supremo que lleva la causa contra el diputado del PP Alberto Casero ha elevado una exposición razonada a la Sala Segunda en la que propone pedir el suplicatorio al Congreso para poder proceder penalmente contra él, ya que aprecia indicios ... racionales de prevaricación y malversación en una serie de contratos y acuerdos que suscribió cuando era alcalde de Trujillo (Cáceres) entre 2017 y 2018.
En la exposición razonada, elevada este lunes, el magistrado Andrés Palomo expone que tras revisar las actuaciones, el grueso de las cuales le fueron remitidas desde el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n° 2 de Trujillo (Cáceres), se aprecian indicios suficientes como para continuar los trámites del procedimiento abreviado contra el diputado, el equivalente al procesamiento en las causas con sumario. Siendo, como es, un parlamentario y tratándose este paso de una inculpación formal, el instructor requiere de la autorización previa del Congreso de los Diputados.
Según expone el magistrado, constan indicios racionales de que Casero, siendo alcalde de Trujillo concertó con diferentes personas y entidades, contratos de servicio, patrocinio o convenios, «incumpliendo todo tipo de formalidad exigida al efecto por la normativa aplicable en cada caso». Fue en marzo de 2017 y en diciembre de 2018.
«Los diversos episodios de la conducta relatada, resultante de los referidos indicios fundados, no solo supone reiteradas y admitidas irregularidades administrativas, sino un modo de proceder del aforado que identifica su voluntarismo al margen de cualquier interpretación con un resquicio de racionalidad del ordenamiento jurídico», señala la exposición razonada.
Se refiere en concreto a «vedadas contrataciones verbales o sin tramitación ni publicidad alguna en los supuestos que la cuantía lo requería, elusión de los mecanismos de control, asunción directa de pagos por la integridad de los servicios que además de periódicos se prestaban a entidad en la que el municipio sólo era una parte». Son conductas, conforme detalla, «plenamente subsumibles en el ilícito de prevaricación», aunque sea de modo indiciario.
Indicios de malversación
«Consecuentemente –añade el juez– también los hechos que se han considerado indiciariamente acreditados pueden ser constitutivos de un delito de malversación (…) pues igualmente revelan, el haberse excedido en sus facultades de administración del patrimonio del Ayuntamiento causando un verdadero perjuicio al mismo, cuya cuantía, en este momento indiciario, superaría los 50.000 euros, en relación a aquellos pagos que no competían al Ayuntamiento o se realizaron por servicios no prestados».
Por otra parte, el magistrado ha dictado un auto en el que rechaza el archivo de la causa solicitado por el diputado del PP al considerar que resulta necesaria la investigación efectiva de conductas susceptibles de integrarse en delitos de prevaricación y malversación.
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