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La oposición aprieta a la Xunta tras los fallos del TSXG contra varios parques eólicos

El BNG pide la comparecencia de Conde tras la sentencia de O Roncudo, Corme

Molinos de viento en un parque eólico gallego MIGUEL MUÑIZ
Natalia Sequeiro

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En los últimos meses la justicia gallega ha tumbado hasta tres decisiones de la Xunta para aprobar parques eólicos. El último caso ha sido el de O Roncudo, en Corme . En un fallo dado a conocer el pasado viernes, el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) anuló la autorización del Gobierno gallego por reducir de 30 a 15 días el periodo para consultar el informe de impacto ambiental del parque y presentar alegaciones. La decisión, alertó la Sala, es contraria a la normativa europea . La nueva sentencia, contra la que aún cabe recurso, ha dado alas al BNG que lleva tiempo criticando que la Xunta favorece con sus cambios legislativos a la las eléctricas.

En una rueda de prensa en la Cámara gallega, el diputado nacionalista Luis Bará solicitó esta mañana la comparecencia «urgente» del conselleiro de Economía , Francisco Conde, para que ofrezca explicaciones. Bará calificó de «contundente» el fallo del TSXG, dado que confirma la «vulneración» de la Xunta del derecho ambiental de la Unión Europea. El alto tribunal gallego así lo recoge en su sentencia. En 2017, la Xunta promovió la Ley de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia. Con ella pretendía, entre otras cuestiones, reducir los trámites legales y agilizar los plazos para dar facilidades a la colocación de nuevos aerogeneradores en los montes gallegos. Pero los magistrados del TSXG destacan que esa ley «es contraria a dos directivas europeas en materia de medio ambiente». Indican que se puede reducir el plazo de información pública para la autorización previa de construcción del parque, pero no para que los interesados puedan consultar el informe de evaluación ambiental y presentar alegaciones si consideran que hay afectaciones que no se tienen en cuenta.

Según informa Ep, Bará denunció que el cambio legal introducido en 2017 demuestra «hasta donde está dispuesta a llegar la Xunta» para favorecer «de forma descarada» los intereses de las grandes eléctricas . El diputado del Bloque aseguró que la Xunta actúa como una «gestoría» de estas empresas y que, para ello, lleva 12 años modificando las normas que regulan el sector. Citó a la Ley de aprovechamiento eólico, la Ley de iniciativas empresariales y la modificación de la Ley de reactivación económica en el 2021. Todas estas modificaciones se realizaron, en su opinión, con el objetivo de «favorecer a las empresas, eliminar los plazos y reducir las garantías de control y supervisión, por parte de la administración». «¿Qué más tiene que pasar en Galicia para que la Xunta ponga fin a este atropello de derechos?», preguntó Bará.

Oribio y Mondoñedo

El diputado del BNG recordó que hay tres sentencias del TSXG que cuestionan la planificación y el desarrollo eólico del Gobierno gallego. Además del fallo del parque de O Roncudo, el TSXG ha tumbado también la construcción del parque eólico de Oribio (Courel) y la modificación de otro proyecto en Mondoñedo . En el primer caso se había realizado una declaración de impacto ambiental en el año 2005, pero el parque quedó paralizado hasta 2019. En octubre de 2021, cuando las máquinas ya estaban sobre el terreno para iniciar la construcción, el Tribunal consideró que esta declaración estaba «obsoleta» dado que durante estos años habían sido modificadas diferentes leyes. Los denunciantes, la Plataforma Salvemos O Iribio, explicaron en su día que desde 2005 había cambiado la normativa y actualmente la instalación de nuevos parques eólicos en zonas protegidas por la Red Natura, como es el caso, están prohibidas.

En noviembre de 2020, el TSXG se pronunció también contra la aprobación por parte de la Xunta de una modificación del parque eólico Sasdónigas, en Mondoñedo. Los magistrados consideraron que Norvento pretendía realizar «una división artificial de un único parque eólico en dos fases» y destacaron que ese «desmembramiento» evita que se analicen elementos como un yacimiento arqueológico . Los jueces advirtieron, además, que tampoco se valoraron correctamente «elementos especialmente protegidos, como el Camino de Santiago», ya que lo cruzaba un vial del parque eólico.

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