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Manuel Marín - Análisis

Condena muy barata

«En Cataluña se juzgaba un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional, del que se dudó de su claridad a la hora de prohibir expresamente aquella consulta»

Manuel Marín

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La sentencia por la que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha condenado a Artur Mas a dos años de inhabilitación para ejercer cualquier cargo público no hace sino imponer la lógica respecto a su evidente acto de desobediencia al Tribunal Constitucional, cuando ... se le prohibió expresamente promover la consulta-trampa del 9-N a favor de la independencia. Es cierto que el Tribunal ha sido benévolo al desoír la petición del fiscal de elevar hasta diez años el periodo de inhabilitación, y al absolver a Mas del delito de prevaricación administrativa. Pero en Cataluña no se estaba juzgando la expresión de una idea secesionista , ni si debe autorizarse o no una consulta popular a la medida de Artur Mas. Se juzgaba un delito de desobediencia al Tribunal Constitucional, del que se dudó de su claridad a la hora de prohibir expresamente aquella consulta. Evidentemente, el Tribunal tenía nulas opciones para no condenar a no ser que echara por tierra toda la doctrina sobre la obligatoriedad de dar cumplimiento inmediato y ejecutivo a las resoluciones del Constitucional. Ni aquel fallo del TC era confuso, ni el desacato tenía más solución que la condena.

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