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La «Sala del 61», dividida, impide a Sortu presentarse a las elecciones

Estima las demandas del fiscal y del abogado del Estado y no autoriza que se inscriba como partido

La «Sala del 61», dividida, impide a Sortu presentarse a las elecciones EFE

NIEVES COLLI

Sortu no podrá inscribirse en el Registro de Partidos Políticos del Ministerio del Interior. Es la decisión adoptada anoche por la «Sala del 61» del Tribunal Supremo, que considera que la nueva marca de la «izquierda abertzale» es heredera de la ilegalizada Batasuna y, lejos de haber roto con ETA, es el instrumento usado por la banda terrorista para participar en las elecciones municipales de mayo y colarse así en las instituciones democráticas. Después de doce horas de deliberación, el fallo salió adelante con el apoyo de la mayoría de la Sala, aunque tres magistrados han anunciado votos particulares.

En la sesión de la mañana, que concluyó a las dos y media, el ponente, Carlos Lesmes, hizo una extensa exposición, de gran solidez jurídica, para defender su propuesta de resolución. El magistrado de la Sala Tercera —uno de los cinco más modernos del Tribunal— necesitó dos horas y media para explicar a sus compañeros sus argumentos favorables a la estimación de las demandas de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado contra la pretensión de Sortu de registrarse en Interior. El presidente de la Sala, Carlos Dívar, interrumpió la reunión a las dos y media de la tarde para comer y convocó a los miembros de la Sala para las cuatro y cuarto.

Pruebas sólidas

La argumentación del auto, que se conocerá en su literalidad la próxima semana, gira en torno a la tesis de que los demandantes han aportado pruebas «abrumadoras» para acreditar que Sortu es un producto de Batasuna y que esta última está vinculada a ETA. Por lo cual, explicaron fuentes judiciales, tampoco Sortu está fuera del control de la banda terrorista. La solidez que, según la mayoría del Tribunal, tienen esas pruebas de la conexión entre ETA y la octava marca política de la «izquierda abertzale» ha dejado en segundo plano el rechazo a la violencia contenido en los estatutos.

Según explicaron fuentes jurídicas, las deliberaciones no fueron nada sencillas, y la «Sala del 61» fue incapaz de conseguir la unanimidad de la que ha hecho gala hasta ahora en todos los procedimientos seguidos contra formaciones herederas de Batasuna.

La decisión del Supremo se ha producido en tiempo record pese a que el Tribunal no estaba sujeto a ningún plazo legal para resolver. En esta ocasión no se trataba de un proceso vinculado por los plazos electorales, sino de un incidente de ejecución de sentencia. Fuentes del Supremo han explicado que Carlos Dívar tenía el empeño personal en que la decisión estuviera tomada esta semana con el objeto de que el auto pudiera notificarse a partir del lunes, día en que tendrá lugar formalmente la convocatoria de las elecciones municipales y día a partir del cual los partidos que quieran concurrir a las mismas tendrán un mes para presentar su candidatura. Dívar no quería que, en el caso de que el Supremo hubiera desestimado las demandas, Sortu no hubiera dispuesto de tiempo para elaborar sus listas.

A Sortu sólo le queda ir en amparo al Constitucional, aunque al tratarse de un recurso ordinario, este Tribunal tampoco está sujeto a ningún plazo. Los tiempos habituales de resolución de los recursos son, desde luego, bastante amplios por lo que no es descartable que la eventual decisión del TC se conozca después del 22-M.

La Fiscalía y la Abogacía del Estado pidieron al Supremo que no permitiera la legalización de Sortu por ser continuación de Batasuna y estar «dentro de la órbita» de ETA. Ambos demandantes estiman que el rechazo a la violencia expresado en los estatutos de Sortu no es suficiente para demostrar que se ha producido una «ruptura» entre la nueva formación y los terroristas. Ese rechazo es mera apariencia, un rechazo «formal» y no «de principio».

Para el fiscal resulta muy significativo que la presentación de Sortu se haya llevado a cabo en febrero, justo un mes después de que ETA declarara su última tregua y pese a que los estatutos del partido estaban listos desde el 5 de enero, según declaraciones realizadas por el portavoz de la «izquierda abertzale» Txelui Moreno. La explicación, según el representante del Ministerio Público, no puede ser otra: Sortu esperó la declaración de alto el fuego para salir públicamente a la palestra. En ausencia de atentados, es muy fácil rechazar la violencia terrorista. Por eso, ETA «aplaude» Sortu, concluyó.

Ni el fiscal ni el abogado del Estado creen, como asegura la defensa de Sortu, que el partido sea el resultado de un profundo debate interno en el que las posiciones de ETA a favor de forzar la negociación con una campaña de atentados hayan sido derrotadas por Batasuna, partidaria ahora «sólo» de métodos «pacíficos».

La condena, fundamental

Íñigo Iruin, abogado de la formación «abertzale», se apoyó en la doctrina sentada desde 2003 para asegurar que la ausencia de condena «ha sido un elemento fundamental» en la ilegalización de Batasuna y las formaciones que han pretendido sucederle. Y ahora sí hay condena, recalcó.

También negó que ETA apruebe Sortu: «Aquí no hay saludo ni aplauso». La banda terrorista ha aceptado la «apuesta política», pero no que se empleen «instrumentos exclusivamente democráticos», dijo. Y es que, según el letrado, ya «no hay vuelta atrás» en el rechazo a la violencia, aunque se rompa la tregua. Ningún cargo de Sortu, advirtió, podrá guardar silencio ante un atentado terrorista. El apoyo a estas acciones, aunque sea tácito, se sancionará con la expulsión.

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