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El portazo del Supremo a la doctrina Atristain, en el tejado del Constitucional

Es previsible que el etarra lleve el rechazo a su recurso de revisión al órgano de garantías, como hicieron Portu y Sarasola

A diferencia del 'efecto dominó' que vaticinó De Prada, invitando a los tribunales a absolver, el TS recuerda que hay que ir caso por caso

Xabier Atristain y el portavoz de Sortu (ante los micrófonos) a las puertas de la prisión de Martutene EFE
Nati Villanueva

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El rechazo de la Sala Segunda del Tribunal Supremo a estimar el recurso de revisión de la condena del etarra Xabier Atristain tras el fallo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos no pone un punto final al peregrinaje judicial del terrorista, que aún tiene ... la oportunidad de recurrir en amparo ante el Tribunal Constitucional. Los magistrados de la Sala Penal del Supremo no tienen ninguna duda de que el terrorista del comando Imanol fue condenado con más pruebas que su propia declaración policial, la que Estrasburgo pone en tela de juicio porque el auto que acordó su incomunicación, y por tanto, la posibilidad de elegir un abogado de su confianza, no estaba suficientemente motivado. El Tribunal Europeo no cuestiona el régimen de incomunicación vigente en la legislación española, sino la circunstancia concreta de la falta de motivación del auto que afecta única y exclusivamente a Atristain, como recordaba ayer el Supremo en el auto en el que desestimaba el recurso del etarra. Y es que aun en el supuesto de que, en aras de lo dictaminado por Estrasburgo, nada de lo declarado por Atristain se tuviera en cuenta, hay otras declaraciones y prueba documental que sustenta su condena a 17 años. De ahí que no sea necesario someter el procedimiento a revisión alguna.

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