Denuncia del PP contra Tezanos, que podría perder su cargo por llamar tabernarios a los votantes de Ayuso
El polémico artículo del presidente del CIS antes del 4-M podría suponer una infracción muy grave de las leyes de altos cargos y transparencia
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Iniciar sesiónHablar de forma despectiva sobre la presidenta de la Comunidad de Madrid , Isabel Díaz Ayuso , y llamar tabernarios a sus votantes antes del 4-M le puede salir caro al presidente del CIS, Félix Tezanos . Según ha podido ... saber ABC, el Grupo Popular ha presentado dos denuncias contra su conducta ante el Consejo de Transparencia y el ministro de Función Pública, Miquel Iceta, por «claro y grave incumplimiento de sus obligaciones».
En concreto, de la Ley del Ejercicio del Alto Cargo que somete la labor pública a los intereses generales y a la objetividad , mandatando que cualquier decisión se adopte «al margen de cualquier factor que exprese posiciones personales, familiares, corporativas, clientelares o cualesquiera otras que puedan estar en colisión con este principio».
La Ley de Buen Gobierno apoya que los altos cargos deben conducirse con imparcialidad , manteniendo «un criterio independiente y ajeno a todo interés particular», pero añade las obligaciones de desarrollar «una conducta digna», «tratar a los ciudadanos con esmerada corrección», «asegurar un trato igual y sin discriminaciones de ningún tipo» y no implicarse en actividades «incompatibles con sus funciones».
Inhabilitación
El régimen sancionador por vulnerar estos mandatos está perfectamente tasado. El artículo 29 de la Ley de Buen Gobierno tipifica como infracción muy grave «la violación de la imparcialidad utilizando las facultades atribuidas para influir en procesos electorales».
Y el artículo 30 establece que se sancionará al infractor declarando su incumplimiento y publicándolo en el BOE , retirándole la indemnización al cese de su cargo y destituyéndole. De cara al futuro, los infractores de carácter muy graves «no podrán ser nombrados para ocupar ningún puesto de alto cargo o asimilado durante un periodo de entre cinco y diez años». Si la infracción se considera grave, la sanción será «alguna» de las dos primeras.
Las denuncias del PP no piden un castigo concreto sino la apertura de un procedimiento sancionador. La comunicación remitida a Transparencia subraya que Tezanos intervino «decisivamente y partidariamente» en un proceso electoral . Además de recordar las leyes del alto cargo y transparencia , los populares destacan que el artículo 41 de la Carta de derechos de la UE proclama el «derecho a una buena administración» por parte de las instituciones de la Unión Europea . En cuanto a la denuncia remitida a Iceta , los populares solicitan que la Oficina de Conflicto de Intereses se encargue de instruir el procedimiento sancionador.
El PSOE y sus socios tumbaron ayer en el Congreso la creación de una comisión de investigación sobre la actuación de Tezanos al frente del CIS. La iniciativa había sido impulsada por el PP y su portavoz en la Cámara Baja, Cuca Gamarra , cargó contra el veto por venir a avalar el uso de fondos públicos «con criterio de arbitrariedad» para mayor «descrédito» de la institución y el mantenimiento de esta «al servicio del PSOE ».
«No cabe disociación»
Tezanos firmó un artículo en la revista Temas –de la que es editor– sosteniendo que «la mayor parte de los analistas –al menos los que mantienen alguna independencia de criterio– vienen mostrando su sorpresa por la escasa entidad intelectual y política de la candidata».
Además, se refirió a Díaz Ayuso como «un globo de aire que no tiene prácticamente nada dentro» y a sus votantes como «un amplio sector social que se nuclea en torno al mundo de las tabernas». A este respecto añadió que «lo que podríamos calificar como la tabernidad ha permitido aglutinar a sectores sociales nuevos junto a núcleos importantes de la derecha tradicional».
Aunque este posicionamiento se produjo en un artículo, los populares subrayan que la condición de alto cargo de Tezanos «le impide no solo deontológicamente, sino también legalmente» el «desdoblamiento de personalidad en perjuicio de un rival político» . Sus obligaciones «llevan implícitas un deber de inhibición en otras actividades paralelas» sin que «quepa alegar ninguna compatibilidad profesional que le ampare en dichas actuaciones».
«No cabe disociación de sus funciones máxime cuando es evidente la existencia de un grave conflicto de intereses entre sus opiniones partidistas y subjetivas y la objetividad que ha de predicarse del cargo que desempeña», remachan. Ahora tanto el Consejo de Transparencia como el ministro de Función Públic a deben estudiar las denuncias del PP y pronunciarse. Si deciden desestimarlas deberán argumentar por qué.
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