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La Policía podrá instalar «troyanos» en equipos de supuestos delincuentes

Así podrá perseguir de forma remota determinados delitos, tal y como prevé la reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal

La Policía podrá instalar «troyanos» en equipos de supuestos delincuentes efe

EP

El Gobierno ha detallado al portavoz de Justicia de la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) en el Congreso, Gaspar Llamazares, que, según prevé la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal en trámite en el Congreso, las Fuerzas de Seguridad podrán instalar programas de los denominados 'troyanos' en los equipos informáticos que utilicen presuntos delincuentes para así poder perseguir de forma remota determinados delitos.

El Ejecutivo ha incluido esta explicación en una respuesta parlamentaria remitida a Llamazares, y que ha dado a conocer este miércoles su grupo parlamentario. En el texto anuncia la inclusión de esta nueva medida en el anteproyecto de la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, habida cuenta de que el pasado mes de marzo, cuando se redactó la contestación el proyecto aún no había sido aprobado por el Consejo de Ministros.

En concreto, el Gobierno detalla que la citada reforma desarrolla una nueva regulación de la figura del agente encubierto «que se adapta a las singulares peculiaridades de investigación en la Red» y que abre la puerta a que estos agentes intercambien «archivos ilícitos en Internet».

«Asimismo —continúa la respuesta— permite que la instalación de software (troyanos) para investigar a supuestos delincuentes, lo cual es especialmente interesante en ilícitos que pudieran vulnerar los derechos fundamentales de los ciudadanos».

Autorización judicial

En concreto, el proyecto aprobado finalmente por el Ejecutivo y remitido al Congreso incluye nuevos artículos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que el juez de instrucción «pueda autorizar a funcionarios de la Policía Judicial para actuar bajo identidad supuesta en comunicaciones mantenidas en canales cerrados de comunicación» para el esclarecimiento de determinados delitos.

Asimismo, prevé que la autoridad judicial competente pueda autorizar la utilización de datos de identificación y códigos, «así como la instalación de un software, que permitan, de forma remota y telemática, el examen a distancia y sin conocimiento de su titular o usuario» del contenido de un dispositivo electrónico o sistema informático.

Eso sí, siempre que sea para investigar delitos cometidos en el seno de organizaciones criminales , de terrorismo, cometidos contra menores o personas con capacidad modificada judicialmente, contra la Constitución, de traición y relativos a la defensa nacional o delitos cometidos a través de instrumentos informáticos o de cualquier otra tecnología de la información o la telecomunicación o servicio de comunicación.

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