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Tribunal Económico-Administrativo Central

La prestación por maternidad sí tributa por IRPF, según el TEAC

La resolución unifica el criterio por vía administrativa ante las reclamaciones para que Hacienda devuelva los impuestos pagados por esta ayuda, tras el fallo del TSJ de Madrid a favor de su exención

La resolución del TEAC dictamina que la Agencia Tributaria no devuelva el IRPF cobrado por la prestación de maternidad FOTOLIA
Javier Tahiri

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La prestación por maternidad que paga la Seguridad Social tributa como rendimiento del trabajo en el IRPF. Así lo entiende al menos el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que ha adoptado a iniciativa propia una resolución para unificar el criterio de la vía administratriva.

« ... La prestación por maternidad pagada por la Seguridad Social no está prevista en la normativa del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas como renta exenta del Impuesto en el artículo 7 de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre», concluye la resolución del TEAC fechada el pasado 3 de marzo. [Acceda al dictamen del TEAC aquí]

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