debate social
¿Por qué piden que la Iglesia pague el IBI?
Más allá de reconocer la labor social cristiana, es necesario saber que la Iglesia Católica no es la única institución exenta de pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles
álvaro calleja
Ya son varios los ayuntamientos españoles que, dejados llevar por la corriente de opinión (nada actual, por otra parte) que sostiene que la Iglesia goza de privilegios injustos, han decidido que la institución católica pague el Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Desde que España firmara ... con la Santa Sede el Acuerdo sobre Asuntos Económicos el 3 de enero de 1979, la Iglesia está exenta de pagar este tributo.
El ayuntamiento de Alcalá de Henares ya ha consensuado exigir el IBI a la Iglesia a partir del año que viene. PSOE, IU-LV, UPyD y el PP, que gobierna en dicha región, han votado para que la institución católica pague «solares cedidos por la Iglesia a terceros, pisos que pertenecen a parroquias o colegios religiosos no concertados», según ha declarado Javier Rodríguez , líder de los socialistas en dicha localidad.
En San Sebastián de los Reyes (Madrid) y en Zamora también se ha acordado exigir este impuesto a la Iglesia. Mientras, son muchos los ayuntamientos que plantean seguir el mismo camino.
En este contexto, las voces contra la Iglesia Católica se multiplican. Según el ex-alcalde de Leganés, Rafael Gómez Montoya , «no se puede premiar ni discriminar a ningún colectivo por sus creencias espirituales o su falta de fe religiosa». El socialista se refiere al trato de favor que, según él, reciben los católicos frente a los no creyentes.
Por su parte, el secretario del Partido Socialista de Madrid (PSM), Tomás Gómez , también aprovechó para subirse a la ola laicista y pedir que «la Iglesia contribuya como todo hijo de vecino y como todo contribuyente».
¿Tiene la Iglesia privilegios? ¿Por qué no paga el IBI? ¿Es el único «hijo de vecino» que actúa de esta manera?
Entidades sin ánimo de lucro
La ley que regula esta situación fiscal es la 49/2002, llamada «de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo» . En ella, se recoge que «las entidades sin fines lucrativos» no pagarán el IBI, de acuerdo a la Ley de Haciendas Locales. Pero, ¿qué entidades son consideradas no lucrativas? Pues las fundaciones (incluidas las de los partidos políticos), las ONG orientadas al desarrollo, las embajadas o delegaciones extranjeras, los edificios públicos (colegios, comisarías, ministerios, cuarteles, cárceles...), las federaciones deportivas o «las asociaciones declaradas de utilidad pública». Los partidos políticos y los sindicatos también se ven beneficiados por un régimen fiscal especial. Los requisitos para adquirir esta condición es buscar el bien común de la sociedad.
Por otro lado, las ciudades, conjuntos y bienes declarados Patrimonio Mundial por la Unesco en España también reciben las deducciones previstas en la ley de mecenazgo, con una mención aparte para el Patrimonio Histórico español (monumentos, jardines...), cuyo valor de interés cultural (véase el Museo del Prado o el Palacio Real) le permite no pagar el IBI. Dentro de este patrimonio, se encuentran numerosos inmuebles dedicados al culto católico, que con este aspecto obtiene una razón más para recibir el mismo trato fiscal que el resto de construcciones no lucrativas o «de utilidad pública». La Iglesia, al margen de cuestiones morales, es una de las raíces históricas-culturales más arraigadas en la geografía española.
Cruz Roja e Iglesia
Además, la Ley de Haciendas Locales establece concretamente las exenciones del IBI para determinados organismos. Entre ellos, menciona a Cruz Roja Española y a la Iglesia Católica , aludiendo al Acuerdo sobre asuntos económicos entre España y la Santa Sede de 1979.
En dicho tratado, se concluye que «la Santa Sede, la Conferencia Episcopal, las Diócesis, las Parroquias y otras circunscripciones territoriales, las Órdenes y Congregaciones Religiosas y los Institutos de Vida Consagrada y sus provincias y sus casas», gozarán de ventajas fiscales. De esta forma, el acuerdo ofrece la «exención total y permanente de la contribución territorial urbana (o IBI)» a, entre otros inmuebles, «los templos y capillas destinados al culto», siempre que éstos no sean utilizados después con fines lucrativos. ¿Pueden entonces cobrar los ayuntamientos a, como se ha aducido, las oficinas parroquiales? Convencidos de que la ley no lo permite , varias ciudades (Gijón, Cartagena, Ávila, Burgos, Segovia o Madrid) ya han anunciado que no cobrarán este impuesto.
Según el profesor ordinario de Derecho Canónico de la Universidad de Navarra, Jorge Otaduy, para cobrar el IBI a la Iglesia «habría que cambiar la ley». «No es un privilegio, la iglesia se acoge a una ley que vale para muchas instituciones», asegura. Para el profesor, las administraciones procuran con la crisis «arañar por donde pueden», aunque «con el planteamiento erróneo» de «utilizar el régimen tributario como una cosa a corto a plazo, por un asunto coyuntural». Según el profesor, «el sistema no tendría que prestarse a ese tipo de juegos».
Otras confesiones
Sin embargo, la Iglesia ya no se basa en el acuerdo de 1979, sino que ahora se rige por la ley de mecenazgo, que engloba de forma actualizada a todas las instituciones sin ánimo de lucro, entre ellas la Iglesia. En la disposición adicional novena de dicha ley, se halla el «Régimen tributario de la Iglesia Católica y de otras iglesias, confesiones y comunidades religiosas». Si se observa este punto, se podrá comprobar que la religión católica no es la única beneficiada por las exenciones fiscales del Estado . La Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España, la Federación de Comunidades Israelitas y la Comisión Islámica de España, así como sus Comunidades miembros, tampoco pagan el IBI.
El vicesecretario para Asuntos Económicos de la Conferencia Episcopal Española , Fernando Giménez , ha señalado a ABC que «el régimen fiscal de la Iglesia» es el del «99%» de entidades que no buscan el lucro. «La Iglesia no tiene privilegios. Tiene exenciones, como otras muchas instituciones», ha dicho. Para Giménez, «no tiene ninguna lógica» que quienes reclaman una igualdad fiscal lo hagan arremetiendo exclusivamente contra la Iglesia.
El cardenal arzobispo de Madrid, Antonio María Rouco Varela, ha afirmado que, si la ley lo exige, la Iglesia pagará el IBI, aunque dicha decisión «iría en detrimento de otras acciones», como las llevadas a cabo por Cáritas.
En este sentido, el catedrático de Derecho Tributario de la Universidad de Navarra , Eugenio Simón Acosta , opina al explicar este hecho que llamar privilegio a las exenciones fiscales a la Iglesia es una injusticia, ya que goza del mismo marco legal que otras muchas instituciones beneficiarias de mecenazgo.
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