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Hoy termina el plazo para presentar el DNI al banco

La directiva europea sobre blanqueo de capitales obliga a las entidades a digitalizar el documento nacional de identidad de sus usuarios, so pena de que sus cuentas queden inutilizadas

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Hoy termina el plazo para presentar ante el banco el Documento Nacional de Indentidad (DNI). Un requisito al que obliga la directiva europea sobre blanqueo de capitales, que estable para las entidades bancarias la orden de digitalizar todos los DNI de sus clientes. En caso contrario, aunque con matices por parte de entidades como BBVA, las cuentas y depósitos quedarían inoperativas a partir del día siguiente.

La conversión del tradicional código cuenta cliente (CCC) de 20 dígitos de las cuentas corrientes españolas al nuevo estándar europeo (IBAN), por la entrada en vigor de la zona europea única de pagos, generó prisas a finales del año pasado y principios de este 2015 entre las entidades financieras para evitar que sus clientes no cobrasen sus nóminas o las empresas no pudiesen domiciliar facturas .

Son las propias entidades financieras las que tienen la obligación de contactar con aquellos clientes de los que no tienen un documento que acredite su identidad y solicitarles que lo entreguen antes del jueves de la próxima semana. De hecho, los bancos ya ha enviado cartas y contactado telefónicamente con esos usuarios. En caso de no entregar el DNI , las cuentas del cliente serán bloqueadas desde el 1 de mayo y no podrá operar con ellas. Obviamente, si posteriormente el usuario acude a su sucursal y presenta su DNI podrá desbloquear su dinero y volver a operar con él. Esto quiere decir que si el banco no ha contactado con el cliente, la entidad tiene la documentación necesaria de ese usuario, y sus ahorros no se verán afectados.

Aunque no hay cifras sobre el número de cuentas afectadas, los bancos españoles se están dirigiendo sobre todo a clientes más antiguos y que abrieron su cuenta corriente en la entidad en una fecha anterior a que la ley obligase a las entidades a conservar el DNI, de forma que su banco no dispone ahora de ese documento. Ya en 1993 se impuso al sector la obligación de obtener y conservar una copia del DNI de sus clientes, y en 2010 la Comisión Euorpea concretó que esa copia debía ser en soporte electrónico para evitar su pérdida, dando un plazo de cinco años, que vence ahora, para cumplir con ello.

Esta medida no implica solo a las entidades bancarias sino que también a financieras como las de El Corte Inglés están requiriendo a parte de sus clientes —tanto a los titulares de la tarjeta como a los cotitulares y autorizados— que se identifiquen.

Criticas y avisos

Los bancos que bloqueen cuentas sin haber pedido el DNI a sus clientes se exponen a sanciones de hasta 150.000 euros , según ha informado Adicae, que cita la Ley de prevención del blanqueo de capitales. Según esta Ley, se considera infracción grave el incumplimiento de la obligación de aprovechar el plazo de cinco años para identificar a sus clientes, según contemplaba la Disposición transitoria séptima de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, recuerda Adicae.

De esta forma, en los casos en los que el consumidor no haya entregado el DNI será la entidad la que deberá acreditar que se lo requirió y que, por tanto, ella cumplió su obligación. En caso contrario, la sanción aplicable va desde un mínimo de 60.001 euros hasta el 1% del patrimonio neto del banco (sujeto obligado) o 150.000 euros (la mayor de las cantidades) , según Adicae.

La asociación ha recordado que aunque la Ley establece que la negativa del cliente para su identificación «no conllevará ningún tipo de responsabilidad» para el banco, esta exención no opera en el supuesto en el que sea la entidad la que haya incumplido su obligación. «Por lo que en esos casos no es admisible en modo alguno el bloqueo de las cuentas», ha explicado.

Por su parte, Facua-Consumidores en Acción ha criticado el «caos» sobre los procesos de identificación de los usuarios de bancos y también ha recomendado a los usuarios que reclamen el perjuicio económico que se les cause por el bloqueo de la cuenta si no se les ha notificado debidamente la obligación de presentar una identificación formal.

La asociación ha reprobado «la ausencia» de intervención de Economía y de coordinación de las entidades bancarias para la aplicación de la Ley de prevención del blanqueo de capitales.

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