El control de la UE sobre todos los dispositivos con internet: «Es una legislación emblemática para los ciudadanos y las empresas»

El legislador europeo se ha dado cuenta del enorme potencial que circula por los dispositivos conectados

No solo el móvil, tu coche y el robot de tu cocina también generan datos sobre ti: la UE crea una ley para regularlos

Sergio Carrasco

La Unión Europea ha dado un paso más en la regulación del acceso y uso de datos con las mejoras introducidas en el texto de la Data Act, una legislación emblemática que busca regular, entre otros aspectos, quién puede acceder y compartir los ... datos generados por máquinas y dispositivos conectados, así como avanzar en otros aspectos relacionados con el uso de estos datos.

Este tema resulta aún más importante cuando tenemos en cuenta el elevado número de dispositivos conectados a internet que podemos encontrarnos en cualquier hogar, y el gran volumen de datos que estos (a veces de forma imperceptible para el usuario) terminan generando. Con la gran implantación de electrodomésticos inteligentes de todo tipo, el 'internet de las cosas' ha movido el foco en muchas ocasiones hacia los datos recolectados, que al final son únicamente accesibles para los fabricantes y prestadores, teniendo el usuario acceso únicamente a parte de la información que puedan dar estos a través de sus respectivas aplicaciones.

El legislador europeo parece que por fin cada vez es más consciente del gran potencial que los datos tienen para el crecimiento e innovación, y las dificultades que aparecen cuando el marco legal que establece cómo deben usarse no es claro.

Derechos del consumidor sobre sus propios datos

Si queremos que el marco tecnológico europeo se desarrolle aprovechando este enorme potencial, aún sin explotar al máximo en Europa, y al mismo tiempo otorgar una serie de derechos a los consumidores respecto a los datos que generan, está claro que necesitamos avanzar e ir más allá de las normas de protección de datos que ya tenemos, como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) de 2016.

Por un lado, debemos facilitar el acceso a los datos por parte de los consumidores, permitiendo que se realice de manera gratuita y en tiempo real para permitir un mayor control. Pero, además, se debe impedir que se establezcan barreras artificiales entre distintos proveedores, lo que ha llevado a establecer una serie de obligaciones para facilitar la comunicación de dichos datos, así como el desarrollo de estándares de interoperabilidad entre diferentes sectores.

El acuerdo permite que se utilicen datos privados en situaciones excepcionales

Por otro, el acuerdo concede a entidades del sector público, a la Comisión, al Banco Central Europeo y a las instituciones de la Unión el permiso para acceder y utilizar los datos mantenidos por el sector privado cuando sea esencial en situaciones excepcionales, como emergencias públicas, o para llevar a cabo una misión de interés público, situaciones en que dichos datos pueden tener un valor muy importante para dar una respuesta rápida y efectiva a las mismas.

Está claro que algunas de las previsiones son complejas, y algunas ya han generado críticas por parte de proveedores de servicios en particular respecto a las dificultades a la hora de compartir datos, plazos para ello, o la posible relación de estos con información comercial sensible, o la posibilidad de que a través de estas actividades al final aparezcan tecnologías imitadores que se aprovechen de la información a que se tenga acceso, pero la mera existencia de retos no debe verse como algo insuperable para no aprobar una norma de este calado.

Pese a que aún nos encontramos ante un acuerdo provisional, a mi parecer nos encontramos con una normativa que, en el caso de que se implemente de manera adecuada, puede suponer un importante hito en el uso de los datos en Europa, con supuestos importantes como es el cambio de proveedor de servicios, con unas obligaciones de flexibilidad que se antojan necesarias en un mercado que, en la práctica, se encuentra dominado por unos pocos gigantes.

SOBRE EL AUTOR
SERGIO CARRASCO mayans

Abogado especializado en Derecho Tecnológico, ingeniero en Telecomunicaciones e Informática

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