El Constitucional avala la norma del Gobierno que impide cazar lobos

Tumba los preceptos vinculados a su captura de la ley de Castilla y León

Lobo iberico (Canis lupus)

J. M A..

Madrid

Apenas tres meses después de que el Gobierno central presentara su recurso, el pleno del Tribunal Constitucional le ha dado la razón al declarar «inconstitucionales y nulos» por «motivos competenciales» los preceptos de la Ley de Caza de Castilla y León que permitían la muerte ... del lobo al norte del Duero -al sur lleva ya años prohibida-. Atendiendo a la petición acordada en el Consejo de Ministros celebrado el pasado 5 de abril, concluye que la norma autonómica «incurre en contradicción con la normativa básica sobre medio ambiente» y, por lo tanto, «invade la competencia estatal para fijar las bases de dicha materia».

Las menciones ahora tumbadas configuraban a las poblaciones españolas de lobo allí ubicadas como especie cinegética previa obtención de la correspondiente autorización administrativa autonómica. La sentencia, que tuvo dos votos particulares en favor de los intereses de la Junta de Castilla y León, insiste en que «vulneran el orden constitucional de distribución de competencias porque rebajan el nivel de protección medioambiental» que para el lobo deriva de su inclusión en el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial (Lespre), regulado en el Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero, posterior en todo caso a la aprobación de la Ley de Caza de Castilla y León que ahora tendrá que ser retocada.

Según el TC, desde el momento de entrada en vigor de esta modificación «resulta aplicable» el régimen, previsto en la Ley del patrimonio natural y de la biodiversidad que «prohíbe cualquier actuación hecha con el propósito de dar muerte, capturar, perseguir o molestar a los ejemplares de las especies, subespecies o poblaciones incluidas en el Lespre», justifica.

De esta manera, el TC aclara que los preceptos impugnados «han incurrido en inconstitucionalidad mediata o indirecta de manera sobrevenida». Esta aclaración tiene que ver con que en su día, y tras un recurso del defensor del pueblo, el propio Tribunal Constitucional había avalado la «plena constitucionalidad» de la ley que ahora obliga a modificar debido a que, en ese momento, aún no se había añadido el lobo al Lespre.

Tanto la Junta como las Cortes de Castilla y León reconocían en sus alegaciones la existencia de contradicción «efectiva e insalvable» con el régimen estatal de protección del lobo ibérico, pero defendían que «carecía de naturaleza básica» el artículo único de la orden por la que se incorporó este animal l norte del Duero a la lista de especies que no se pueden no cazar, teniendo en cuenta además que aún hay varios recursos contencioso-administrativos presentados por las comunidades loberas y que debe dilucidar la Audiencia Nacional.

En cuanto al voto particular anunciado por los magistrados Enrique Arnaldo Alcubilla y Concepción Espejel Jorquera en desacuerdo con la decisión del pleno, consideran que la Orden Ministerial, que el TC trata como norma básica y, por tanto, de obligada aplicación en todas las comunidades, «carece y excede de la habilitación conferida por el legislador, por lo que no puede ser considerada ni formal ni materialmente como básica y, por tanto, no puede ser utilizada como parámetro de enjuiciamiento de la ley autonómica».

«Dañina para la ganadería»

Desde la Junta de Castilla y León, además de agradecer la posición de los dos magistrados, consideraron que la sentencia no tiene «efectos prácticos», porque la prohibición de cazar al lobo al norte del Duero ya estaba vigente desde que se incorporó al Lespre. Eso sí, criticaron de nuevo la decisión tomada en su día por el Gobierno «al ser dañina para la ganadería y para la pervivencia del medio rural» y contra la que seguirán «batallando», anuncian.

Mientras, para el secretario de Estado de Medio Ambiente, Hugo Morán, este fallo refrenda la apuesta del Ejecutivo «y disipa las dudas que podía haber en relación con la seguridad jurídica respecto a la gestión de la especie».

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