Cómo solicitar la baja por regla incapacitante y en qué casos se puede pedir
La Ley Orgánica sobre Salud Sexual y Reproductiva permitirá acogerse a una baja médica para no tener que trabajar durante las menstruaciones dolorosas
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Iniciar sesiónAguantar los insufribles dolores de regla mientras estás en el trabajo es algo que podría llegar a su fin para muchas mujeres. Así lo aprobó este pasado martes el Consejo de Ministros, que recoge en la Ley Orgánica sobre Salud Sexual y Reproductiva ... una medida que permitirá acogerse a una baja médica para no tener que trabajar durante las menstruaciones dolorosas.
La ministra de Igualdad, Irene Montero, ha recordado que esta ley es la primera que reconoce «los derechos menstruales y lucha contra el silencio histórico de la menstruación». De esta manera, su aplicación permitirá que la Seguridad Social asuma el coste total de la baja, por lo que aquellas trabajadoras que se acojan a ella podrán cobrar toda la prestación desde el primer día.
➡️Además es una ley que reconoce por primera vez los derechos menstruales y lucha contra el silencio histórico de la menstruación, con bajas laborales para reglas dolorosas incapacitantes, distribución de productos de gestión menstrual para combatir la pobreza menstrual...
— Irene Montero (@IreneMontero) August 30, 2022
Sin embargo, solicitar esta baja laboral no será tan sencillo como suena. ¿Cuáles son los requisitos indispensables para poder acogerse a una baja médica cuando suframos dolores menstruales?
Cómo pedir la baja laboral por regla dolorosa
Para poder pedir una baja laboral por regla dolorosa será indispensable acudir al médico de cabecera de la Seguridad Social. Será el doctor quien decida si el dolor sufrido por la paciente es lo suficientemente incapacitante como para otorgar esta baja y también quien otorgará los días mensuales de baja. Enfermedades como la endometriosis o el cáncer de útero también se tendrán en cuenta de cara a este riguroso informe médico.
Habitualmente la menstruación de las mujeres no suele durar más de una semana, por lo que, tal y como recoge el texto del Ministerio de Igualdad, se fecha la baja en tres días inicialmente. Sin embargo, estos serán prorrogables hasta dos días más siempre que el médico lo considere oportuno.
En caso de que el médico acceda a conceder este permiso por regla incapacitante, este tendrá validez anual y deberá presentarse a la empresa. Cada año tendrá que ser renovado antes del 31 de diciembre de cada año y presentarse al empleador antes del 30 de enero siguiente.
Hasta ahora, estas bajas se regulaban a través de una incapacidad temporal por enfermedad común, que no paga al trabajador durante los tres primeros días de ausencia. Sin embargo, con la llegada de la nueva ley, esto cambiará con las reglas dolorosas: la trabajadora podrá cobrar toda la prestación desde el primer día, aunque el porcentaje de la base reguladora está todavía por determinar.
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