El Constitucional rechaza el recurso de una mujer que quiso objetar contra Educación para la Ciudadanía

La madre presentó la solicitud cuando el hijo aún cursaba segundo de la ESO, cuando la asignatura se imparte en tercero

El Constitucional rechaza el recurso de una mujer que quiso objetar contra Educación para la Ciudadanía alberto saiz

juan fernández-miranda

La Sala primera del Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso de amparo presentado por una mujer contra la resolución con la que la Consejería de Educación de Andalucía denegó a su hijo el derecho a la objeción de conciencia contra la asignatura de Educación para la ciudadanía ... .

En la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Luis Ignacio Ortega, aprecia la falta de legitimación de la recurrente porque al menor le faltaba un año para cursar la asignatura.

La recurrente reclamó el derecho de su hijo a no cursar la asignatura cuando el menor estaba en segundo de la ESO. Esa fue precisamente la razón por la que la Administración inadmitió la solicitud del reconocimiento de la objeción de conciencia «por falta de objeto», ya que Educación para la ciudadanía se imparte en el curso siguiente.

La Sala, que no entra en el fondo del asunto, considera que «la recurrente carece de interés legítimo, por cuanto pretende la utilización del recurso de amparo como una acción contra una lesión de derechos meramente eventual o potencial, no como una reacción a una vulneración de derechos real».

El Constitucional rechaza el recurso de una mujer que quiso objetar contra Educación para la Ciudadanía

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