Tribuna abierta
Funcionarios en prácticas
Para el opositor, significa alargar un poco el proceso, pero está lejos de ser un castigo
Francisco J. Fernández
El nuevo modelo de acceso a la función pública impulsado por la Junta de Andalucía supone, a mi juicio, un cambio necesario y acertado, que favorece la garantía de la capacitación para el puesto sin perjudicar la meritocracia y la igualdad de acceso. En este ... sentido, no puede afirmarse en absoluto que suponga una ruptura con el sistema de oposiciones. El Decreto 51/2025 lo consolida, incorporándole un cambio relevante: que el proceso de selección del futuro empleado público sume a la medición de la capacitación intelectual y de conocimiento obtenida por los exámenes una evaluación de tipo más práctico, centrada en cómo trabaja, cómo se adapta y cómo afronta las tareas reales que encontrará en su puesto.
La clave reside en la figura del funcionario en prácticas, que no es realmente nueva. A nivel estatal, el Reglamento general de ingreso y normas como la Orden HFP/688/2017 prevén que, si la convocatoria incluye curso selectivo y/o periodo de prácticas, las personas que han superado la oposición sean nombradas funcionarios en prácticas y, solo tras superarlo, funcionarios de carrera. Asimismo, en distintas administraciones autonómicas y en cuerpos estatales específicos ya se contempla la idea de una fase selectiva y eliminatoria de nombramiento como funcionario en prácticas. La novedad del Decreto planteado por la Junta de Andalucía es que lo extiende, o pretende extenderlo, a todo el ámbito de la administración y lo convierte en una fase estructurada, tutelada y relevante del proceso.
Durante algo más de cinco meses, quienes han superado la oposición realizan rotaciones por distintas unidades, reciben formación obligatoria, desarrollan un proyecto y trabajan acompañados por un tutor. Esto permite evaluar competencias operativas —planificación, análisis, comunicación, uso de herramientas digitales— que ningún examen teórico puede medir por sí solo. Es importante subrayar esto: no se trata de sustituir los actuales criterios de selección, sino de complementarlos, de modo que la garantía del acceso por mérito y capacidad no queda afectada, sino indemne y en todo caso reforzada, ampliando los criterios de evaluación con nuevos criterios objetivos y con un peso tasado —un 25 %— en la calificación final: mucho menor, por cierto, que el del examen teórico, que sigue suponiendo el 75 % de la nota.
En este sentido, cualquier comparación con los cambios que se han propuesto a nivel estatal para la selección de jueces y fiscales está fuera de todo lugar. En la reforma planteada por la Junta de Andalucía, no se cuestiona el examen, no se crean atajos ni se abren canales discrecionales. Al contrario: se mantiene intacto el núcleo meritocrático de la oposición y se refuerza con una evaluación práctica que cualquier empresa o institución moderna consideraría imprescindible. En la reforma pretendida por el Gobierno central para el acceso a la carrera judicial y fiscal, la oposición se mantiene, pero se potencian vías extraordinarias (cuarto turno, estabilización de interinos) que arriesgan la meritocracia.
Aunque no ha faltado alguna voz crítica, como la del Sindicato Andaluz de Funcionarios, pienso que el riesgo de subjetividad en la reforma del Gobierno andaluz está muy mitigado por el propio diseño de la evaluación práctica, con una tutoría reglada y una supervisión en manos de los técnicos, pero sobre todo por su concepción como fase final del proceso: muy diferente hubiera sido si la evaluación práctica se hubiera concebido como fase inicial y eliminatoria para la presentación a los exámenes. No creo, en este sentido, que la reforma representa una revolución, sino más bien una lógica modernización y adaptación a los nuevos tiempos.
El beneficio para la ciudadanía es evidente. Cada vez más servicios públicos requieren perfiles capaces de manejar datos y tecnología, aplicar el conocimiento en casos reales y trabajar en equipo. Para el opositor, significa alargar un poco el proceso, pero está lejos de ser un castigo: cobra desde el primer día, con las retribuciones propias de su categoría, y recibe un entrenamiento que puede contribuir significativamente a su adaptación al puesto de trabajo y a su motivación y realización profesional. El Gobierno andaluz da así un paso que otras comunidades ya han dado parcialmente, pero lo hace con un diseño sistemático, medido y orientado a resultados. Un paso que, si se ejecuta con rigor, puede mejorar el acceso a la función pública en Andalucía.
En definitiva, me parece que este Decreto inaugura un camino de reforma y modernización de la función pública muy necesario. Y lo hace de manera equilibrada, reformista pero no revolucionaria, apostando por modernizar sin romper, innovar sin improvisar, y ampliar los criterios de evaluación sin menoscabo de la meritocracia. Lo que pide la función pública del siglo XXI.
Es abogado y doctor en Derecho
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