El TSJC da diez días a un centro que retiró el 25% de castellano para que lo restablezca y anule su proyecto lingüístico

 

El mismo tribunal dictó en marzo de 2021 una sentencia, ratificada por el TS, que obligaba a esta escuela de Abrera a impartir esa cuota de español a dos alumnos y a modificar su plan de lenguas por no incluir el castellano como lengua vehicular

Un alumno durante una clase de lengua en una escuela catalana ABC

Esther Armora

Barcelona

Nuevo jarro de agua fría de la Justicia a la política lingüística del Govern. Apenas 24 horas después de que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) confirmara que el 25 por ciento de castellano debe seguir aplicándose en seis centros que lo ... tenía concedido por dictado judicial pese al requerimiento de la Generalitat de que dejara de ejecutarse, el mismo tribunal da otro toque de atención, esta vez a una escuela, a la que concede un plazo de diez días para que cumpla la sentencia de marzo de 2021 - ratificada en agosto por el Tribunal Supremo (TS)- que le obliga a impartir esa proporción de castellano a dos alumnos de Educación Infantil y a anular, además, su proyecto lingüístico, por no incluir el castellano como lengua vehicular.

Se trata de la escuela Josefina Ibáñez de Abrera (Barcelona), que este curso decidió, siguiendo las instrucciones del Govern, retirar la cuota de castellano que estaba obligada por los tribunales a impartir en dos de sus aulas de Educación Infantil. El TSJC dicto una sentencia el 23 de marzo de 2021 en la que obligaba al centro a impartir a dos alumnos del colegio (uno de P3 y otro de P4) y a sus compañeros de aula una asignatura troncal en castellano, que no fuera la de Lengua y Literatura Castellana. Le instaba, asimismo, a anular su proyecto lingüístico «en la medida en que no contempla el carácter vehicular del castellano como lengua oficial, junto con el catalán».

Recurso de casación

La Generalitat interpuso un recurso de casación contra el fallo y ahora el TSJC le da diez días de plazo para que lo cumpla. Eso significa que deberá restablecer la cuota de castellano que dejó de impartir por orden de la Generalitat y anular su proyecto lingüístico para modificarlo de tal manera que incluya al castellano como lengua vehicular.

El Tribunal Supremo (TS) ratificó en agosto la decisión del TSJC de anular los proyectos lingüísticos de este centro y otro de Barcelona porque no tenían en cuenta el castellano como lengua vehicular . La Generalitat había recurrido la decisión del alto tribunal catalán considerando que los padres recurrentes no tenían legitimidad pero el Supremo no lo admitió e impuso 1.000 euros de costas a la administración catalana.

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