Suscribete a
ABC Premium

Cómo hay que reaccionar si otro vehículo nos acosa en la carretera

Acciones como insultar a otros conductores, echar el corte de manga, verte inmerso en una pelea, o chocar contra otro vehículo y darse a la fuga, están recogidas como infracciones a la Seguridad Vial o como faltas leves o graves en el Código Penal

La DGT sugiere un examen de género para obtener el carné de conducir

Control de la DGT en carretera F. P.

A. Noguerol

El Barco de Ávila

Pegarse al vehículo que circula por delante, adelantarle con gestos hostiles e insultantes y colocarse delante sin distancia de seguridad para obligarle a frenar son algunas de las conductas frecuentes que nos podemos encontrar tanto en carretera como circulando por ámbitos urbanos. Se considera acoso y puede ser sancionado ... con penas de hasta dos años de prisión, además de multas por importe de 500 euros y la detracción de seis puntos en el carné de conducir.

Artículo solo para suscriptores

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comparte esta noticia por correo electrónico
Reporta un error en esta noticia