Estas son las tasas máximas de alcoholemia permitidas para conducir y las consecuencias de sobrepasarlas

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La DGT recuerda las tasas máximas de alcoholemia para conducir pero subraya que «la única segura es 0,0»

Imagen de archivo de un control de alcoholemia Rober Solsona

C.B.

«Si bebes no conduzcas». Es el lema de la popular campaña que la Dirección General de Tráfico (DGT) lanzó en 1985 y que ha quedado grabada en el imaginario de muchos españoles. No obstante, a día de hoy la DGT tiene que seguir ... recordando que la tasa más segura es 0,0. 

Y es que, según los datos que manera Tráfico, en 2020 casi la mitad de conductores fallecidos dieron positivo a alcohol, drogas y psicofármacos. En el caso de los peatones fallecidos por atropello, el 41,2% también arrojó resultados positivos.

Siguiendo con cifras, el alcohol es la sustancia más consumida por los conductores fallecidos (20,1%), seguido por otras drogas (20,1%) principalmente cocaína y cannabis, y, en tercer lugar, los psicofármacos (13,4%).

Destaca también la alta tasa de alcoholemia en los fallecidos con resultados positivos en alcohol; el 78,5% de ellos arrojó una tasa igual o superior a 1,2 g/L.

 

Las tasas máximas de alcoholemia permitidas para conducir

La DGT no ceja en ningún momento de su objetivo de concienciar a los ciudadanos y hace uso de las redes sociales para recordar cuáles son las tasas máximas permitidas y va más allá: «la única tasa segura es 0,0%. Aun con tasas dentro de los márgenes legales permitidos, el riesgo de provocar un accidente puede verse incrementado».

- Conductores: tasa límite en sangre: 0,5 gr./l; tasa límite en aire aspirado: 0,25 mg/l

- Profesionales: tasa límite en sangre 0,3 gr./l; tasa límite en aire aspirado: 0,15 mg/l

- Noveles: tasa límite en sangre 0,3 gr/l; tasa límite en aire aspirado: 0,15 mg/l

Multas y consecuencias administrativas o penales si superas las tasas de alcohol permitidas

La Ley de Seguridad vial fija las tasas máximas de alcohol permitidas para los conductores y sanciona de la sigiuente manera:

- Entre 0,25 mg/l y 0,50mg/l: 500 euros y 4 puntos

- Más de 0,50 mg/l: 1.000 euros y 6 puntos

- Reincidentes: 1.000 y 4 o 6 puntos, dependiendo de la tasa dada

Si el positivo a alcohol supera la tasa de 0,60mg/l en aire espirado, el conductor se enfrenta a un delito. El Código Penal tipifica los delitos contra la seguridad del tráfico y establece las siguientes penas para conducir con exceso de alcohol o bajo la influencia de drogas.

- Tasas superiores a 0,60mg/l en aire o 1,2 gr/l en sangre: De tres a seis meses de prisión o multa de seis a 12 meses y trabajos en beneficio de la comunidad de 30 a 90 días. Privación del derecho de conducir de uno hasta cuatro años.

- Negativa a someterse a la prueba: Se castiga con prisión de seis meses a un año y la privación del derecho de conducir

Los conductores menores de 18 años que pueden circular con ciclomotores y cuadriciclos ligeros, patinetes eléctricos, bicicletas y motos de menos de 125 cc no pueden beber ni una gota de alcohol si van a coger algunos de estos vehículos.

Esta nueva tasa, incluida en la nueva Ley de Tráfico de marzo de 2022, supone que no se podrá detectar la más mínima cantidad de alcohol en los usuarios menores de edad, esto es, 0 g/l en sangre y 0 mg/l en aire espirado. Esta nueva infracción acarreará multas que se oscilan entre los 500 y los 1.000 euros.

 

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