¿Puedo llevar cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras de mi coche? Esto es lo que dice la DGT
Estos elementos suponen una considerable ayuda para mejorar la comodidad y la seguridad en el vehículo
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El Reglamento General de Circulación habla específicamente sobre el uso de cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras del coche
Durante el verano, el sol puede tener un impacto significativo en los automóviles. La exposición prolongada puede causar el recalentamiento del interior de los coches, lo que resulta en temperaturas extremadamente altas y condiciones incómodas al ingresar en los vehículos. Además, el ... sol que brilla directamente sobre las ventanas puede crear deslumbramiento y ocasionar tanto dificultad para conducir como molestias en el resto de los ocupantes.
Ante estas situaciones, relacionadas con la seguridad y el confort de conductores y pasajeros, es importante mantener una temperatura interior más cómoda, cobrando aquí relevancia el uso de cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras. Gracias a ellas, es posible bloquear parte de la radiación solar y reducir el deslumbramiento, mejorando la comodidad y la seguridad dentro del coche.
¿Se pueden llevar cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras del coche?
La respuesta a esta pregunta está específicamente recogida en el Reglamento General de Circulación. En concreto, en el artículo 19 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, el cual dice que «únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias«. Con lo cual, la opción correcta de las propuestas por la DGT sería la 'C', un turismo con cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras puede circular »sólo cuando el vehículo lleva dos espejos retrovisores exteriores«. Al hilo de esto, cabe recordar que los obligatorios son el izquierdo y el central.
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