Ante estas situaciones, relacionadas con la seguridad y el confort de conductores y pasajeros, es importante mantener una temperatura interior más cómoda, cobrando aquí relevancia el uso de cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras. Gracias a ellas, es posible bloquear parte de la radiación solar y reducir el deslumbramiento, mejorando la comodidad y la seguridad dentro del coche.
¿Se pueden llevar cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras del coche?
Eso sí, a pesar de la gran ayuda que pueden suponer estas cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras del coche, ¿está permitido llevarlas? Esta es la cuestión que se han planteado numerosas personas en Twitter, después de que la cuenta de la Dirección General de Tráfico (DGT) en esta red social evaluara los conocimientos de los usuarios con la siguiente pregunta: «#TestDGT Un turismo con cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras, ¿puede circular? A. No. B. Sí, siempre. C. Sólo cuando el vehículo lleva dos espejos retrovisores exteriores«.
La respuesta a esta pregunta está específicamente recogida en el Reglamento General de Circulación. En concreto, en el artículo 19 del Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, el cual dice que «únicamente se permitirá circular con láminas adhesivas o cortinillas contra el sol en las ventanillas posteriores cuando el vehículo lleve dos espejos retrovisores exteriores que cumplan las especificaciones técnicas necesarias«. Con lo cual, la opción correcta de las propuestas por la DGT sería la 'C', un turismo con cortinillas contra el sol en las ventanillas traseras puede circular »sólo cuando el vehículo lleva dos espejos retrovisores exteriores«. Al hilo de esto, cabe recordar que los obligatorios son el izquierdo y el central.
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