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¿Se puede conducir por el carril central de la carretera?

El Reglamento General de Circulación estipula que hay que circular por la derecha salvo para adelantar o por circunstancias de la vía y, de no hacerlo, no saldrá gratis: multa de 200 euros

ABC MOTOR

El artículo 31 del Reglamento General de Circulación es claro: «se circulará normalmente por el carril situado más a su derecha, si bien podrá utilizar el resto de carriles de los de dicho sentido cuando las circunstancias del tráfico o de la vía lo ... aconsejen, a condición de que no entorpezca la marcha de otro vehículo que le siga». Por lo tanto, el resto de carriles a su izquierda son para adelantar, tomar una salida a ese lado o, en caso de gran densidad de tráfico, si no hay otra forma de circular más que repartiéndose a lo ancho de la calzada.

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