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Aparcamiento para residentes en Madrid: se amplía el cupo

El Ayuntamiento ha flexibilizado la aplicación del nuevo art. 64 de la Ordenanza de Circulación en vigor desde el pasado julio para que desde comienzos de año puedan obtener la tarjeta SER usuarios de automóviles en leasing y renting

Aparcamiento para residentes en Madrid: se amplía el cupo

e. cano

El art. 64 de la Ordenanza de Circulación de Madrid delimita las categorías de usuarios del estacionamiento regulado que en particular en su párrafo primero define la condición de residente y cómo se obtiene tal categoría y dice textualmente: «La condición de residente se obtiene ... mediante la correspondiente autorización otorgada por el Ayuntamiento de Madrid, pudiendo acceder a la misma la persona física con empadronamiento en domicilio incluido en alguno de los barrios del Anexo I o en la acera exterior de los viales delimitadores del Área de Estacionamiento Regulado, que disponga del vehículo en titularidad, renting, leasing o retribución en especie, que debe estar de alta en el Padrón del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) del Ayuntamiento de Madrid, y figurar al corriente de pago».

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