Asunta Basterra, ¿pixelada o sin pixelar?

La difusión de las fotografías de la menor ha generado debate en los medios, ¿se debe proteger o es información?

Asunta Basterra, ¿pixelada o sin pixelar? abc

isabel miranda

¿Pixeladas o sin pixelar? Es la pregunta que ha surgido en los medios al dar las fotos de Asunta, la niña hallada muerta en Teo el pasado 22 de septiembre . Su condición de menor de edad, su muerte, la existencia de material fotográfico ... previo o incluso el descubrimiento de imágenes en su blog han hecho que las dudas afloren, en un terreno no siempre claro, para los medios. La prueba es que mientras en unos se pixelaba, como en el caso de ABC, en otros sí se mostraba la cara de la niña.

«Se puede dar siempre que la imagen no sea degradante para la menor», cuenta Teodoro González Ballesteros, doctor en Derecho Constitucional y periodista. Según explica Ballesteros, en este caso se encontrarían dos derechos enfrentados. El primero, el que establece tanto la Ley Orgánica de protección civil al derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen, como la Ley de Protección del Menor, que fija la protección de la juventud y de la infancia. El segundo, el del artículo 20.1.d de la Constitución, que reconoce el derecho a la libertad de información.

«En el “caso Asunta” nos encontramos que los padres denunciaron la desaparición de la menor y facilitaron fotografías para su busca o reconocimiento público. Después apareció el cadáver. El suceso ocasionó alarma social y el consiguiente interés público». Y es el interés público y el que se trate de un hecho veraz lo que justificaría la difusión de la imagen de Asunta. «Difundir fotografías de la menor está amparado por el ejercicio de la libertad de información », asegura Ballesteros.

Además, hasta ahora ni los padres (responsables de la tutela de la menor), ni el Fiscal ni el Juez han comunicado la prohibición de difundir fotografías. Y el secreto sumarial impuesto al caso, explica el catedrático, «afecta a informaciones procedentes del sumario, no a fotografías que puedan ser facilitadas por familiares».

El uso de las imágenes

De hecho, existen ya dos precedentes similares y recientes sobre la utilización de las imágenes de menores en los medios de comunicación. La de l os niños Ruth y José Bretón , y la de Marta del Castillo . Mientras que en el primer caso su difusión no supuso ningún problema, ya que habían sido imágenes difundidas por la propia familia y sin que resultaran vejatorias para los menores, no ocurrió así en el segundo caso.

La expectación en torno al caso Marta del Castillo llevó a algunos medios a ir más allá y difundir imágenes del perfil de la menor en una red social en la que aparecía con algunos de los entonces sospechosos. La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, abrió entonces diligencias procesales por el tratamiento informativo de aquellos medios de comunicación. «Puede tener en determinado marco una connotación negativa», alegó.

En el caso Asunta, por lo menos de momento, no ha ocurrido. No obstante, Eduardo Méndez, fotógrafo y director de Formación de la Asociación Nacional de Informadores Gráficos de Prensa y TV (ANIGP-TV), no es partidario de mostrar la imagen de la menor. «Es una forma de demostrar humanidad . No se puede echar una mano en el caso, pero ver su imagen no aporta nada», dice. Independientemente de que haya que tener permiso expreso para utilizar las imágenes de su blog o de la protección que establece la Ley del Menor, lo que hay que hacer, dice el fotógrafo, es valorar si aporta algo.

«Al final es una chica sentada en un banco . Qué más da que tenga los ojos pixelados», cuenta. «Sólo sirve para hurgar en la herida, aunque sea de los familiares que tiene vivos, de los abuelos paternos».

Asunta Basterra, ¿pixelada o sin pixelar?

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