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Qué tienes que hacer para ser un deportista de alto rendimiento en Madrid

La Comunidad de Madrid regula esta figura, que permitirá disfrutar de beneficios en diferentes etapas educativas

Qué tienes que hacer para ser un deportista de alto rendimiento en Madrid

MIGUEL OLIVER

El Ejecutivo de Ignacio González ha aprobado el decreto por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para obtener el reconocimiento de la condición de deportista de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid , lo que permitirá a los deportistas de la región la obtención de importantes beneficios en el ámbito educativo y formativo.

Actualmente, y teniendo en cuenta los resultados obtenidos por los deportistas madrileños con licencia oficial en la temporada 2012-2013, existen alrededor de 400 deportistas a los que se reconocería como deportistas de alto rendimiento, de acuerdo con los requisitos deportivos y los criterios técnicos aprobados.

El decreto establecerá precisamente los requisitos que deben concurrir para obtener la condición de deportista de alto rendimiento de la Comunidad de Madrid, como requisito necesario para disfrutar de las ayudas y beneficios establecidos en el Real Decreto 971/2007, que establece una serie de medidas para promover la formación y educación y facilitar el acceso a las diferentes ofertas formativas del sistema educativo.

Así, la Comunidad de Madrid reconocerá a sus deportistas de alto rendimiento los mismos beneficios educativos y formativos establecidos por la normativa nacional para los deportistas de alto nivel y alto rendimiento de carácter nacional. Dichos beneficios se refieren al ámbito de la enseñanza universitaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato, formación profesional, enseñanzas artísticas, enseñanzas deportivas de régimen especial y educación de personas adultas.

Entre los beneficios que establece la normativa nacional, en el campo universitario, para las enseñanzas en general, se establece la reserva mínima del 3% de las plazas, y para las enseñanzas de Actividad Física y del Deporte, Fisioterapia y Maestro de Educación Física, además de la reserva mínima del 5% de las plazas, estos deportistas estarán exentos de las pruebas físicas que, en su caso, se establezcan como requisito para el acceso a las enseñanzas y estudios en Ciencias de la Actividad Física y del Deporte .

Admisión en centros públicos

Del mismo modo, la consideración de deportista de alto rendimiento será un criterio prioritario en el proceso de admisión de alumnos en los centros públicos o concertados que impartan Educación Secundaria Obligatoria (ESO) y Bachillerato.

En el acceso a los títulos de formación profesional de la familia de Actividades Físicas y Deportivas, quedarán exentos de la realización de la parte específica de la prueba de acceso que sustituye a los requisitos académicos.

Igualmente, en las enseñanzas deportivas de régimen especial, se considerará que estos deportistas de alto rendimiento tienen acreditadas las competencias relacionadas con los requisitos de acceso de carácter específico, en la modalidad o especialidad de que se trate. En las enseñanzas artísticas, se establecerá una reserva mínima del 5% (en el caso de enseñanzas artísticas superiores del 3%) de las plazas ofertadas para estos deportistas, siempre que cumplan los requisitos académicos correspondientes y superen la prueba específica.

Además, para favorecer la compatibilización de los estudios con la actividad deportiva, la Administración podrá adoptar las medidas necesarias para conciliar los estudios con las responsabilidades y actividades deportivas de los beneficiarios, entre otras medidas.

Requisitos

Los deportistas que quieran obtener la condición de «alto rendimiento», según el decreto aprobado, deberán cumplir los siguientes requisitos: tener la nacionalidad española u ostentar la condición de residente en España; haber nacido en la Comunidad de Madrid, u ostentar la vecindad administrativa en alguno de sus municipios; tener licencia deportiva vigente expedida por una federación deportiva madrileña u homologada por una federación deportiva española ; y no estar cumpliendo sanción firme, de carácter grave o muy grave, en materia deportiva.

Igualmente, deberán acreditar alguna de las siguientes circunstancias: el seguimiento de programas tutelados por la Comunidad de Madrid o por alguna federación deportiva madrileña en centros de tecnificación reconocidos por el Consejo Superior de Deportes ; o acreditar el nivel deportivo (en campeonatos de España europeos o mundiales, Juegos Olímpicos o rankings nacionales o mundiales) exigido en la modalidad deportiva correspondiente en alguno de los dos años anteriores, debiendo haberse obtenido los resultados deportivos por los que se solicita el reconocimiento en representación de la Comunidad de Madrid y, en el caso de haber participado en competiciones de ámbito internacional, en representación de España.

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