Sánchez arrincona al Poder Judicial y fuerza el vuelco en el Constitucional
El Gobierno mantendrá sus enmiendas aunque el CGPJ se avenga a nombrar a sus dos magistrados
La reforma incluye una advertencia penal para los vocales que incumplan con el nuevo modelo de elección

El Gobierno cambiará las leyes para garantizar el cambio de mayorías en el Tribunal Constitucional. Y lo hará con máxima celeridad. A través de dos enmiendas presentadas por los grupos parlamentarios de PSOE y Unidas Podemos a su propia proposición de ley que reforma el Código Penal y que en su punto principal borra el delito de sedición del ordenamiento jurídico.
Tras designar como sus magistrados para el Tribunal Constitucional (TC) al exministro de Justicia, Juan Carlos Campo, y a la ex alto cargo del Gobierno, Laura Díez, el Gobierno asistía con una profunda contrariedad al rechazo del TC de no validar por el momento esos nombramientos. En el mundo socialista se definía la situación como un «golpe blando» por parte de la derecha judicial y política. Con ese diagnóstico, el Gobierno considera legítimo intervenir con una operación muy agresiva.
Y es que es en la propia Constitución, en su artículo 159.3, donde se especifica que los 12 miembros del TC tienen un mandato de nueve años y que deben renovarse por tercios. Es decir, cuatro nombramientos cada tres años. En este momento le correspondía al Gobierno presentar dos propuestas y al Consejo General del Poder Judicial otros dos.
Pero ante la no renovación del CGPJ y la cronificación de las mayorías previas, ocho vocales del sector conservador no han propuesto todavía un candidato para ir al TC. Al requerirse una mayoría de tres quintos para aprobar los dos nombres se precisa de su concurso para que ambos salgan elegidos. Y ese es el primer ámbito en el que va a actuar el Ejecutivo.
La primera enmienda registrada ayer reforma la Ley Orgánica del Poder Judicial (6/1985) para suprimir ese requisito de la mayoría de tres quintos. Con la modificación del artículo 599.1.1ª se establece un plazo de cinco días hábiles para que «los vocales del Consejo puedan proponer a la presidencia candidatos a magistrado o magistrada del TC». Así, cada vocal podrá proponer un nombre. Acabado el plazo, el presidente del CGPJ en el plazo de tres días hábiles «tendrá la obligación de convocar un pleno extraordinario para proceder a la elección de los dos magistrados». La enmienda tasa también que ese pleno no podrá celebrarse más de tres días hábiles después de su convocatoria.
En ese pleno las candidaturas registradas por todos los vocales se someterán a una única votación en la que cada integrante del Consejo solo podrá apoyar a un candidato, resultando elegidos los dos magistrados que logren más votos. Es decir, de una mayoría de tres quintos a un sistema de mayoría simple pura.
Movimiento sin retorno
Con los nuevos tiempos que estipula la reforma, la renovación del TC podría completarse a los 11 días hábiles de la publicación en el BOE de la reforma. Se incluye además un apartado que busca evitar que los vocales rechacen participar de esta operación advirtiendo que los que no cumplan el cometido incurrirán en responsabilidades «de todo orden, incluida la penal».
El movimiento del Ejecutivo va en serio. Pese a que tras conocerse sus intenciones el sector conservador del CGPJ planteó la posibilidad de convocar un pleno para anticiparse a la reforma y seleccionar a los magistrados que le corresponden, fuentes de la cúpula del Gobierno descartaban a ABC que llegado ese punto la enmienda se vaya a retirar. Consideran que si no se hubiese producido este bloqueo desde el mes de septiembre «no habría sido necesaria la reforma» pero que una vez presentada ya no habrá marcha atrás. En la sala de máquinas de La Moncloa donde se ha cocinado el texto se considera que es «una reforma legal muy útil para asegurar que la Constitución se cumple ahora y en el futuro».

Ayer terminaba el plazo de enmiendas a la proposición de ley que reforma el Código Penal. La próxima semana será votada en ponencia y comisión. Y está previsto para el día 15 su aprobación en el pleno del Congreso de los Diputados. Después recibirá la última validación en el Senado y en cualquier caso estará aprobada antes de fin de año.
Pero una vez ratificada y antes de que arranque el contador de esos 11 días para que el CGPJ nombre a sus candidatos al TC, el Gobierno actúa en otro frente para garantizar ya el acceso al TC de Campo y Díez. Y es que la segunda enmienda de PSOE y Unidas Podemos modifica la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (2/1979) para cambiar de facto ese modelo de renovación por tercios y habilitar una fórmula de renovación parcial por sextos.
La enmienda establece que si a los nueve años y tres meses de mandato de los magistrados propuestos por el CGPJ y el Gobierno, «uno de estos dos órganos no hubiera realizado su propuesta, se procederá a la renovación de los magistrados designados por el órgano que haya cumplido con su deber constitucional». Hasta ahora el TC estaba aduciendo que los magistrados propuestos por el Gobierno no podían validarse al no estar designados los del CGPJ y cubierto el tercio completo. Pero es que además la enmienda elimina el trámite de verificación que correspondía al pleno del TC, con lo que el acceso de Campo y Díez al TC sería inmediato.
El cambio de mayorías
El portavoz del PSOE en el Congreso de los Diputados, Patxi López, justificó esta operación vía enmiendas porque «no hay precedentes de una situación tan grave», en referencia a la no renovación del CGPJ, «con la Justicia secuestrada» y «un PP fuera de toda realidad democrática». El PSOE defiende que su reforma pretende «devolver la normalidad a estas instituciones» ante «un PP antisistema que no cumple la Constitución y no tiene sentido de Estado».
Por su parte, el presidente del grupo parlamentario de Unidas Podemos, Jaume Asens, preguntado sobre si su grupo va a defender la modificación legal para cambiar las mayorías necesarias para renovar el Consejo General del Poder Judicial, defendió su postura: «Seguimos pensando que la reforma de mayorías se debe abordar en algún momento» porque «los vocales que se han atrincherado ahí no van a dimitir voluntariamente».

PSOE y Unidas Podemos registraron en octubre de 2020esta propuesta. Pero en abril de 2021 el PSOE la retiró por los recelos que la misma había despertado en la Comisión Europea. Y por el momento la posición de Pedro Sánchez sigue siendo la de no recuperar esa reforma. Algo que ha dicho incluso tras la reciente ruptura de las negociaciones con el PP para renovar el CGPJ.
Esa reforma se retiró, pero la que se acometerá ahora será la tercera que el Ejecutivo realice ante la falta de novación del CGPJ. Con la primera se impidió que pudiera realizar nombramientos de la cúpula judicial mientras esté con el mandato caducado. Esta es la causa de que el Tribunal Supremo no pueda reemplazar a los magistrados que se jubilan ni que los tribunales superiores de justicia y audiencias provinciales de toda España tampoco pueden relevar a sus presidentes. La segunda enmendaba la primera para devolver al CGPJ la capacidad de nombrar a los dos magistrados del Tribunal Constitucional. Vencido el plazo que se había establecido en esta última el Gobierno aduce que nada impedía que estos nombramientos se dilatasen el tiempo y justifica en esa hipótesis esta reforma para «poner remedio a esta anomalía».
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