La reforma para los debates electorales forzosos podría vulnerar cinco derechos
Marlaska hace oídos sordos a los avisos de abogados, expertos en transparencia, Juanma Moreno, Ayuso y la JEC
El PSOE frena otra vez la reforma para obligar a Sánchez a debatir sobre el estado de la nación
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Iniciar sesiónLa reforma que tramita el Gobierno para obligar a asistir a los candidatos políticos a debates electorales en campaña podría vulnerar cinco derechos recogidos en cuatro artículos distintos de la Constitución. Ésa es la suma de las graves advertencias que le fueron remitidas ... al ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, durante la tramitación del anteproyecto, según ha podido saber ABC.
El atropello constitucional que se advierte se concreta en una posible vulneración grave de los derechos fundamentales de libertad de expresión y de prensa (artículo 20); libertad ideológica (artículo 16); una afección al derecho de participación política (artículo 23); y al acceso en condiciones de igualdad a cargo público (artículo 25). Estos derechos están protegidos, además, desde una perspectiva internacional por la Carta de Derechos Fundamentales de la UE y el Convenio Europeo de Derechos Humanos. La lista de advertencias incluye posible invasión de competencias autonómicas e inconstitucionalidad por vulneración del principio de legalidad sancionadora.
Quienes le han trasladado todo ello a Grande-Marlaska son el Centro de Investigación de la Transparencia, el Colegio de la Abogacía de Madrid, los gobiernos de Juanma Moreno (Andalucía), Isabel Díaz Ayuso (Comunidad de Madrid), Carlos Mazón (Comunidad Valenciana) o Alfonso Fernández Mañueco (Castilla y León) y la Junta Electoral Central.
Catedráticos vs magistrados
Sin embargo, estos avisos han sido desechados con un «no dan lugar a ninguna modificación del texto», según consta en la Memoria del análisis del impacto normativo del proyecto de ley. El argumento fundamental al que se agarra Interior para desechar estas advertencias es que al informe que emitió la Junta Electoral Central avisando de posible inconstitucionalidad y que salió adelante con el voto a favor de una mayoría de miembros que son magistrados del Tribunal Supremo estuvo acompañado por un voto particular disidente emitido por tres vocales que son catedráticos: Francisco Javier García, María Da Alba Noguiera y María Luz Martínez. Y es al criterio de éstos al que Interior da preeeminencia sobre el de los magistrados, utilizando los argumentos del voto particular para hacer oídos sordos tanto al informe aprobado por la Junta Electoral Central como a las alegaciones que le han presentado las demás instituciones.
La administración que arbitra los procesos electorales alerta de que la reforma podría vulnerar la Constitución puesto que «nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias» así como el principio de igualdad «al exigirse solo la obligación de acudir a debates en medios de titularidad pública».
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Los gobiernos de Moreno y Mazón coinciden. La Comunidad Valenciana recuerda además que la Constitución es la única que puede establecer «límites» al ejercicio de las actividades políticas, y que la libertad informativa podría verse comprometida «si la exigencia de un debate electoral en un medio público restringiera de forma decisiva las inversiones publicitarias». Andalucía, por su parte, subraya que la reforma vulneraría la libertad de los candidatos a decidir cómo participar en la campaña electoral «además del propio pluralismo político» y el principio de la legalidad sancionadora «ya que no se define ni la naturaleza de la infracción ni sus consecuencias». El gobierno de esta región también advierte de una invasión competencial y de una vulneración del principio de autonomía institucional. «Una cosa es la obligación de los medios de comunicación de celebrar el debate, y otra, constitucionalmente cuestionable, es que las formaciones políticas tengan la obligación de asistir», apunta el gobierno de Díaz Ayuso. Por último, Castilla y León completa las críticas añadiendo que la reforma del Gobierno «no se ajusta a las previsiones de aquellas autonomías que han regulado la cuestión».
Graves vulneraciones
Colegio de Abogacía de Madrid
Avisa de que obligar a asistir a debates puede vulnerar la libertad de expresión en su vertiente negativa: el derecho a no comunicar ni participar en formatos que el candidato no comparta.
Centro de Investigación de la Transparencia
Subraya que la reforma podría
Junta Electoral Central
Duda sobre la constitucionalidad de la reforma porque la Carta Magna recoge que nadie podrá ser obligado a declarar sobre su ideología, religión o creencias, y porque podría vulnerarse el principio de igualdad.
Ayuso, Moreno y Mazón
La Comunidad Valenciana cree que podría vulnrarse el derecho a la libertad informativa mientras Andalucía pone el foco en la invasión de competencias, en la vulneración del principio de la legalidad sancionadora. Madrid avisa de que debe distinguirse la obligación de celebrar debates de la de obligación a asistir a ellos.
El informe de la Junta Electoral también detecta una posible contradicción con el artículo 10 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos. Este precepto reconoce la libertad de expresión y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha entendido que abarca no solo a la esencia de las ideas e información expresadas sino también a la forma en que se transmiten. Además, el citado informe cree que la reforma introduce «un inevitable estrés sobre la estructura constitucional de los procesos electorales, imponiendo una carga sustancial con muy discutible encaje en la Constitución y en la Convención Europea de Derechos Humanos, ya que impone una innecesaria y desproporcionada interferencia de los poderes públicos en los mecanismos que inciden en la formación de la voluntad popular».
La decisión del Gobierno de no tener en cuenta ninguno de estos avisos y mantener la redacción sin cambios abre la puerta a que la reforma pueda ser recurrida ante el Tribunal Constitucional por alguno de esos ejecutivos autonómicos si el Congreso, donde ya se tramita, la aprueba sin rectificaciones.
Tramitación rápida
El Gobierno tiene prisa por aprobar esta reforma y prueba de ello es que Grande-Marlaska dio carácter de urgencia a la tramitación del anteproyecto, lo que redujo el plazo de audiencia pública a diez días frente a los quince mínimos que establece la ley en caso e tramitación ordinaria. La primera cita electoral prevista en este momento son los comicios autonómicos de Castilla y León a los que seguirán los de Andalucía, sin que pueda descartarse que haya adelanto electoral si la situación del Gobierno de Pedro Sánchez se vuelve insostenible por los escándalos de corrupción que le rodean y los avances judiciales. La intención del Gobierno es tener aprobada esta reforma para que pueda aplicarse en el primer comicio que se convoque al año que viene. La medida forma parte del «Plan de Acción por la Democracia» aprobado por el Gobierno en septiembre del año pasado y, en concreto, integra el tercer eje junto a la reforma para convertir en obligatoria la celebración del debate sobre el estado de la nación una vez al año. Sin embargo, frente a la diligencia que está poniendo el Gobierno para obligar a los candidatos a acudir a los debates electorales a riesgo de incurrir en inconstitucionalidad, está haciendo todo lo posible por dilatar la reforma que obligaría a Pedro Sánchez al debate sobre el estado de la nación. Una cita que aún no se ha celebrado en lo que va de legislatura.
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