Hazte premium Hazte premium

Tribunales

El juez archiva la querella por presunto enchufismo en la Diputación de Zaragoza

Considera que no hay pruebas incriminatorias suficientes para sostener las «sospechas y conjeturas»de la denuncia que se presentó contra el presidente de la DPZ y ocho funcionarios

Sede de la Diputación Provincial de Zaragoza Fabián Simón

R. P.

El titular del juzgado número 11 de la capital aragonesa, Luis Fernando Ariste, ha archivado la querella presentada por unos opositores por presunto enchufismo en unos exámenes para el cuerpo de bomberos de la Diputación Provincial de Zaragoza (DPZ) . En su auto de sobreseimiento, el juez indica que la acusación ha estado sustentada en «sospechas y conjeturas», pero sin que durante las diligencias practicadas se hayan aportado pruebas incriminatorias suficientes para actuar contra los acusados, entre los que se encontraba el presidente de la Diputación Provincial de Zaragoza, Juan Antonio Sánchez Quero .

La querella fue presentada contra el máximo responsable de la DPZ y contra otros ocho funcionarios que intervinieron en el proceso selectivo de esas oposiciones, a las que se presentaron 476 aspirantes.

Los querellantes aportaron, como documentación acusatoria, actas notariales en las que uno de los opositores hizo constar sus sospechas de que varios de los aspirantes habían tenido acceso previo a las preguntas del examen. En esas actas anotó los nombres de quienes consideraba que eran los beneficiados y que, por tanto, iban a aprobar. En una de las listas que aportó acertó cinco de los siete nombres que dio, y en la otra seis de ocho.

Para reforzar esa tesis, los querellantes aportaron un informe científico en el que, a partir de estudios matemáticos y estadísticos , se concluía que había un alto grado de probabilidad de que se les hubieran filtrado preguntas a algunos de los opositores que aprobaron. La defensa, sin embargo, aportó informes científicos que rebatían esa tesis, basados también en fundamentos matemáticos.

Al final, el juez considera que , en el transcurso de las diligencias –que han incluido la toma de declaración de acusados y querellantes-, no se han aportado o detectado pruebas incriminatorias suficientes que avalen las sospechas a efectos penales y, por tanto, para seguir con este proceso judicial .

El hecho de que se hubieran producido «resultados anómalos» en los exámenes de parte de los opositores –indica el juez en su auto- no ha quedado probado que sea imputable a los acusados, ni aunque se considere que «la causa más probable de tales anomalías» fuera «el conocimiento previo por parte de los opositores» que fueron señalados por los querellantes. El juez afirma que no se han «podido determinar conductas de los investigados que permitan inferir la filtración de las preguntas». «No reviste el grado de probabilidad indiciaria suficiente para la prosecución de la presente causa penal, máxime cuando el posible conocimiento previo de las preguntas pudo provenir de distintas fuentes, por lo que al margen de posibles defectos en los mecanismos de control del proceso de preparación o custodia del examen para preservar el respeto de las debidas garantías, y al margen de sospechas y conjeturas, no se han constatado motivos suficientes para acusar a determinadas personas», contra las que iba dirigida la querella.

Los denunciantes tienen ahora un plazo de cinco días si quieren presentar recurso contra este auto de sobreseimiento y archivo de la querella.

Esta funcionalidad es sólo para suscriptores

Suscribete
Comentarios
0
Comparte esta noticia por correo electrónico

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Reporta un error en esta noticia

*Campos obligatorios

Algunos campos contienen errores

Tu mensaje se ha enviado con éxito

Muchas gracias por tu participación