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Nueve años de prisión para un hombre de 64 años en Córdoba que simulaba en redes ser adolescente para captar imágenes porno de menores
La sección tercera de la Audiencia Provincial lo condena por un delito de producción de material pornográfico y de abusos sexual a una niña
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Córdoba
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Iniciar sesiónEl acusado tenía 64 años pero en las redes sociales se hacía pasar por un adolescente para contactar con menores de 14 años haciéndoles creer que estaba enamorado de ellas y obtener así material pornográfico. De este modo actuaba este individuo a través de un perfil falso ... que ha sido ahora condenado por la sección tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba a nueve años de prisión por delitos de producción de imágenes pornográficas utilizando a menores de 16 años y un delito de abuso sexual a una menor.
La sentencia de conformidad entre el relato del Ministerio Fiscal y la defensa del encartado ratificada por la Audiencia Provincial recoge como hechos probados que durante los meses de enero y de febrero de 2019, el acusado Juan José G.G., contactó, primero a través de la red social Periscope y luego por la aplicación de mensajería whatsapp con una niña de 14 años de edad de una localidad cordobesa, fingiendo el acusado que establecía con ella una relación amorosa y que tenía 17 años cuando en realidad tenía 64 años.
En estas conversaciones por mensajería, el acusado, con la intención de elaborar archivos de contenido sexual y de satisfacer su ánimo libidinoso, requirió a la menor para que le enviara vídeos y fotos en los que se viera su imagen desnuda, mostrando sus genitales y realizándose tocamientos sexuales, a lo que la menor accedió, enviándole varias fotografías en las que aparecía desnuda.
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Igualmente, según la sentencia facilitada a ABC por el TSJA, la conminó para que hiciera videollamadas en las que en directo realizaba estas practicas con él, a pesar de que él no conectaba su cámara, haciendo que ella se tocase sus genitales y los mostrara de forma expresa a lo que ella accedió en varias ocasiones. Concertó con ella varias citas virtuales de videollamada en la que ella se realizaba tocamientos a instancia del acusado mientras él observaba.
El tribunal ha condenado por estos hechos a Juan José G.G. como autor criminalmente responsable de un delito de elaboración de material pornográfico utilizando menores de 16 años y de un delito continuado de abuso sexual a menor de 16 años, imponiéndole 5 años de prisión por el primer delito y 4 años de cárcel por el segundo, así como la prohibición de comunicarse por cualquier medio o procedimiento o de acercarse a la menor a menos de 150 metros, domicilio o lugar de trabajo por tiempo de 11 años.
Del mismo modo se le condena a inhabilitación especial para cualquier profesión, oficio o actividad, retribuida o no, que conlleve contacto directo con menores por tiempo de 8 años. Así como se le impone libertad vigilada tras el cumplimiento de las penas privativas de libertad por tiempo de 10 años.
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