Los juristas avisan: una amnistía disfrazada de indulto sería un fraude de ley

Expertos recuerdan al Gobierno que si quiere un perdón político y colectivo para los presos del «procés» tiene que tramitarlo en el Parlamento

Los juristas avisan: una amnistía disfrazada de indulto sería un fraude de ley EFE

Del «acatamiento de la sentencia significa su íntegro cumplimiento» al «hay que pasar página y superar episodios aciagos» de Pedro Sánchez apenas ha transcurrido algo más de un año. Veintiséis meses en los que el apoyo decisivo de los independentistas al ... Gobierno de la Nación y la esperanza de formar un tripartito en Cataluña el próximo 14-F acercan más que nunca la posibilidad de un indulto. Su eventual concesión a los líderes del «procés» no solo afecta de lleno a la credibilidad del jefe del Ejecutivo, sino que atentará contra los pilares del propio Estado de derecho si bajo esta medida se esconde una amnistía encubierta.

Así lo advierten constitucionalistas y penalistas consultados por ABC: un perdón por una motivación política no puede llevarse a cabo con esta medida de gracia , sino que ha de hacerse con una ley debatida y votada en el Congreso. Lo contrario sería arrebatar al Legislativo una facultad que le corresponde. La explicación es sencilla: el hecho de que un indulto se otorgue de forma individual por razones de justicia y equidad no parece que se compadezca bien con un perdón colectivo a doce condenados en una misma causa por los mismos hechos y con un indudable trasfondo político. Si a esto se suma que los indultos generales están expresamente prohibidos por la Constitución, y que el Gobierno sólo dio 17 indultos en todo 2018 y 39 en 2019, cabe plantear si esta sería la fórmula correcta. Y es que por mucho que sea una facultad discrecional del Ejecutivo, la sentencia del Supremo del kamikaze de Valencia en 2013 puso blanco sobre negro la necesaria motivación del perdón.

«La Constitución no prohíbe una ley de amnistía, sí indultos generales» , insiste el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Valencia Carlos Flores. Corrige así a la vicepresidenta Carmen Calvo , que hace unos meses dijo que esa amnistía era inviable en nuestro ordenamiento jurídico. «Lo que no se puede hacer es perseguir a través del indulto individual el fin propio de una amnistía porque estás confundiendo el órgano. Una ley de amnistía correspondería al Parlamento; el indulto, al Ejecutivo», dice el jurista.

Borrón y cuenta nueva

Pero ¿qué diferencia hay entre el indulto y la amnistía? ¿Por qué los presos del «procés» claman por la segunda? El indulto supone el perdón de toda o parte de la pena impuesta , mientras que la amnistía «olvida» el delito y pone al amnistiado en la posición en la que estaba antes de ser condenado, con todos sus derechos rehabilitados.

Es decir, la amnistía es hacer borrón y cuenta nueva; el indulto no, pues no suprime las consecuencias de la condena ni tampoco los antecedentes. Flores recuerda que esta medida de gracia está pensada para quienes han sido condenados por una aplicación muy rigurosa de la ley, rehabilitados o para aquellos para los que la justicia ha llegado tan tarde que el acusado ya no tiene nada que ver con la persona que era cuando delinquió. En el caso de los condenados del «procés» ve difícil justificar el perdón de quienes «no sólo no muestran arrepentimiento alguno, sino que reafirman su voluntad de volver a delinquir». «Si estamos hablando de un perdón político, no es el indulto lo que procede» porque aunque aparentemente lo proyectes sobre una persona en particular, en realidad se trata de una «justificación colectiva» . «Si va a haber indultos en serie, entonces estamos hablando de una amnistía encubierta», advierte.

Coste político

A su juicio, si esto es lo que se pretende, la única solución legal posible es modificar el delito de sedición en vía parlamentaria o una ley específica de amnistía, pero reconoce que para el Gobierno, el coste de subir a la tribuna del Congreso a explicarlo, enfrentarse a la oposición y sacar esa ley adelante sería mayor que el impacto que pueda tener una eventual decisión del Consejo de Ministros, más rápida, además. «¿Estaría el Ejecutivo dispuesto a poner al mismo nivel a los presos del «procés» que a los represaliados de la república (amnistía del 39) o a los del franquismo (amnistía del 77)?», se pregunta.

El catedrático de Derecho Penal Luis Rodríguez Ramos recuerda que el Gobierno concede muy pocos indultos, que han de basarse en razones de justicia y equidad. Insiste en que se trata de una medida individualizada, atendiendo a las circunstancias personales de cada condenado, que obviamente no pueden ser las mismas en todos los casos. «Si estás ‘amnistiando’ a todos los que han ejecutado el delito, usurpas una atribución del Legislativo de modo encubierto y en fraude de ley», señala el penalista. «Lo que no se puede hacer por la vía del indulto es olvidar, por razones políticas, que se ha cometido un delito» porque entonces el camino es otro: la amnistía. Si esto es lo quieren hacer, argumenta, el Ejecutivo puede impulsar ese perdón colectivo en el Congreso y «borrar el delito y las penas de un plumazo».

También cuenta con la opción -de hecho ya está encima de la mesa del Ministerio de Justicia- de rebajar la pena del delito de sedición, lo que beneficiaría a los presos del «procés» por ser más favorable. Para el catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad Rey Juan Carlos José Manuel Vera, « si hay algo que un país no puede perdonar, es un delito contra el propio Estado ». Señala el profesor que aunque el perdón se envuelva en la figura de indultos individuales, «perdonar a todos de la misma manera y a la vez sería en la práctica un perdón colectivo», algo, además de fraudulento, «éticamente deplorable» . Tampoco convence a Vera la viabilidad de una amnistía para condenados por sedición, pues aunque la Constitución no la prohíbe, supone, en su opinión, que «el propio sistema atenta contra sí mismo» al cuestionar sus propias resoluciones judiciales y los pilares que sostienen el Estado de derecho.

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