La Fiscalía pide al juez que aclare la pieza Dina antes de pensar en imputar a Iglesias

La instrucción se ha enmarañado porque una parte está pendiente de la Sala de lo Penal y otra volvió al Juzgado

Dina Bousselham y su abogada en la Audiencia Nacional José Ramón Ladra

El informe de la Fiscalía Anticorrupción sobre la petición de imputación de Pablo Iglesias en la pieza Dina elevada por una acusación popular insta al juez a organizar la causa antes de tomar cualquier decisión al respecto, pues la instrucción está enmarañada desde que ... el caso se partió en dos: la parte relativa al comisario José Manuel Villarejo y dos periodistas y la que afecta al exvicepresidente del Gobierno. Para los fiscales, hasta que no se despeje este horizonte, «no procede» analizar otra imputación, reza el informe al que tuvo acceso ABC.

El punto de inflexión para el caso Dina se produjo el pasado mes de octubre. El juez instructor Manuel García Castellón envió exposición razonada al Tribunal Supremo para pedir la imputación de Pablo Iglesias, a quien había expulsado del procedimiento retirándole la condición de perjudicado a instancias de la Fiscalía. Apreciaba indicios de revelación de secretos y daños informáticos en su actuación sobre la tarjeta de la exasesora Dina Bousselham.

La Sala le había ordenado restituirle como víctima y que cesara en su investigación sobre él al carecer de competencias . Por un lado, porque como miembro del Gobierno que era, estaba aforado ante el Supremo. Por otro, porque los delitos de revelación de secretos o daños informáticos que hubiera podido cometer en la gestión de la tarjeta habrían tenido lugar fuera de la organización criminal que se atribuye al comisario Villarejo y así, fuera de la causa y del alcance de la Audiencia Nacional.

Mientras pedía a la Sala Segunda que imputase a Iglesias, el juez daba por finalizada la investigación sobre los tres imputados que tenía entonces el caso Dina: el propio Villarejo y dos periodistas de Interviú que le dieron en su día una copia de la ya célebre tarjeta. Los tres fueron procesados, un paso previo a la apertura de juicio oral, y mientras la Sala de lo Penal no resuelva los recursos que tanto ellos como las acusaciones y la Fiscalía presentaron, esta línea de investigación está «formalmente concluida».

Con una parte de Dina en el Supremo y la otra que se había dado por terminada, no quedaba nada de esta pieza en el Juzgado Central 6. Hasta que los magistrados de la Sala Segunda respondieron a la exposición razonada el pasado mes de enero. Devolvieron el expediente a García Castellón y le instaron a practicar más diligencias para apuntalar los indicios por daños informáticos y esclarecer, citando a Dina Bousselham, si iba a denunciar al que fue su jefe por revelación de secretos.

En esas diligencias está ahora García Castellón, que espera un informe exahustivo sobre los daños de la tarjeta y cuenta con llamar a Bousselham cuando lo tenga. Sin embargo, Anticorrupción critica que se han adoptado sin reparar en que la investigación está «formalmente concluida».

Considera necesario que «se determine con claridad el actual objeto de investigación en la presente pieza separada» , pues si antes era Villarejo y una posible pata mediática que había llevado a la publicación de contenidos del móvil de Bousselham; ahora en el centro estaría Pablo Iglesias y lo que hiciese con la tarjeta, al margen del comisario.

Para Anticorrupción, la salida pasa por reconocer «la necesaria revocación e ineficacia de todos los acuerdos plasmados por el Magistrado Instructor» en el auto por el que ordenó el procesamiento de Villarejo y los dos periodistas, pues entiende que si el Supremo pide seguir investigando y devuelve el asunto, la pieza no puede estar cerrada.

Además, considera que la situación debe ponerse «en concordancia» con lo que ordenó a su vez la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que al restituir a Iglesias su condición de perjudicado en la causa, ordenó al juez dejase de investigarle porque su actuación no podría incardinarse dentro del caso Villarejo.

¿Una causa o dos?

A esto es a lo que se refiere la Fiscalía Anticorrupción cuando en su escrito insta a aclarar «el objeto» de la pieza. Si la trama de Iglesias se entiende autónoma de la de Villarejo, formalmente habrá de constar, pero eso abre la puerta a un problema de competencia de la Audiencia Nacional para entender del asunto . Al margen del caso Tándem, donde el origen es un delito de organización criminal, una revelación de secretos es propia de los juzgados ordinarios.

Y si, como hasta ahora, la trama de Iglesias se investiga en el mismo contexto de la causa que la de Villarejo, hay otro problema: que esa parte de la instrucción se ha dado por finiquitada por un auto de pase a procedimiento abreviado, es decir, de procesamiento, que no se ha revocado.

La clave está en el debate sobre si los hechos tienen o no conexidad delictiva, es decir, si están vinculados. La Sala Segunda del Supremo considera que no existe esa relación entre lo que concierne a Iglesias y lo que afecta a Villarejo desde el punto de vista de los indicios delictivos. No ve conexidad. Lo mismo ha dicho la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que son compartimentos estancos.

Mientras tanto, la situación procesal es la madeja que sigue: Pablo Iglesias es víctima y acusación en una investigación que se da por concluida y a la vez, está de facto siendo investigado, aunque sea colateralmente, con ese análisis de la tarjeta en la parte rebotada dede el Supremo que sigue viva en la Audiencia Nacional.

La imputación, así, no toca

No se descarta, de hecho, citarle como imputado, como pedía la acusación que ejerce la asociación de juristas Prolege, pero se encontraría en una doble condición en la misma pieza por hechos que ahora se analizan como inconexos aunque tienen como mismo hilo conductor el trajín con la tarjeta del móvil de Dina Bousselham.

Para Anticorrupción, hablar ahora de Iglesias, no toca. «No procede un pronunciamiento acerca del origen de la nueva diligencia de investigación solicitada (...) sin que previamente se hayan practicado las diligencias acordadas en el auto de 1 de marzo de 2021, y sin que con el mismo carácter previo se determine con claridad el actual objeto de investigación en la presente Pieza Separada ».

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