Los directivos del Estado exigen un mayor control sobre la contratación de cargos de confianza
Las alegaciones de Fedeca a la Ley de Función Pública plantean motivar los nombramientos a dedo y la titulación exigida para cubrir puestos de la estructura directiva del Gobierno
Los inspectores de Hacienda piden también que se limite su número por ley
Bruno Pérez
Madrid
Aún resuenan los ecos del 'caso niñera', la polémica desencadenada por unas controvertidas imágenes en las que se veía a una asesora de la ministra de Igualdad, Irene Montero, haciéndose cargo de uno de sus hijos en un momento de la jornada laboral. El ... asunto encalló en los tribunales, que no hallaron evidencias de que la asesora de Montero se dedicara al cuidado de los hijos de la ministra con cargo al erario público, pero reabrió el debate sobre el papel de los cargos de confianza de los miembros del Gobierno, que disfrutan de retribuciones equiparables a las de los profesionales de más alto nivel de la Administración pero que no pasan ningún tipo de filtro ni examen previo para acceder a ese estatus.
El asunto es particularmente sensible para los funcionarios y más en concreto para los cuerpos superiores de la Administración, llamados por formación y rango a ocupar los puestos de asesoramiento directo de los altos cargos del Gobierno pero que en muchas ocasiones se quedan al margen de ellos por la inclinación de los cargos electos a acompañarse de personas de su confianza ajenas a la carrera administrativa.
Fedeca, la federación que aglutina al medio centenar de sindicatos y asociaciones profesionales que representan a los cuerpos superiores de la Administración -los profesionales que ocupan los cargos directivos de los ministerios- quieren aprovechar la tramitación de la propuesta de Ley de Función Pública planteada por el Gobierno para reducir el amplio margen de discrecionalidad que preside a día de hoy estos nombramientos y establecer un cierto listón de exigencia para los que ocupen estos puestos.
Titulación y mandato claro
Las alegaciones al anteproyecto gubernamental presentadas por Fedeca aspiran a que la legislación básica del sector público obligue al Gobierno a motivar las características singulares que hacen necesaria la contratación de un externo para ocupar un puesto de la estructura del Gobierno y a establecer a priori la titulación necesaria para ocuparlo, que además no podrá ser inferior a la que se exige a los funcionarios en el mismo rango retributivo reconocido al puesto en cuestión.
Nada de esto se recoge en la propuesta de Ley de Función Pública del Gobierno, que en el ámbito del personal de confianza a lo único que se compromete es a fijar por acuerdo de Consejo de Ministros el número máximo de puestos que pueden ser desempeñados por eventuales y a hacer públicos tanto los puestos como sus retribuciones, aunque no la identidad de los ocupantes, como ha solicitado en varias ocasiones el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno.
El gasto asociado al personal de confianza nombrada por los altos cargos del Gobierno superará en 2022 por primera vez los 60 millones de euros. Ha subido un 60% desde 2017
Los inspectores de Hacienda del Estado han ido más allá que Fedeca en este punto y plantean que la norma fije la cifra concreta de eventuales que puede alistar cada alto cargo para evitar un crecimiento desmesurado del personal de confianza.
Desde 2017 el presupuesto reservado para pagar las nóminas del personal de confianza del Gobierno se ha incrementado un 60% y ha escalado a niveles récord a lomos de la macroestructura de 22 ministerios del gobierno de coalición.
El asunto de la formación requerida para ocupar este tipo de cargos también ha sido problemático. Los intentos por utilizar la normativa estatal de transparencia para detectar posibles casos de amiguismo o contratación de personas sin la formación suficiente para el cargo asignado han sido vanos, ya que Transparencia ha entendido que los méritos curriculares son secundarios para unos cargos en que prima la relación de confianza.
El Gobierno se ha amparado en este principio para evitar hacer públicos los currículos de los asesores de sus altos cargos con argumentaciones como esta del Ministerio de Inclusión y Seguridad Social: «el nombramiento y el cese del personal eventual se realiza de forma libre para la realización de funciones expresamente calificadas de confianza o asesoramiento especial, sin que sea exigible una cualificación académica o profesional determinada para su nombramiento, por lo que no consta la valoración de las mismas».
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