Declaración de la renta 2024-25 en Vizcaya: cuándo empieza, hasta cuándo se puede hacer y fechas clave
Conoce cuándo empieza la declaración de la renta en Vizcaya, fechas y el último día que se puede hacer
Declaración de la renta 2024-25 en Guipúzcoa: cuándo empieza, hasta cuándo se puede hacer y fechas clave
La campaña de la declaración de la renta dio el pistoletazo de salida oficial el 2 de abril, y se prolongará hasta el próximo 30 de junio. Más de 24 millones de contribuyentes tienen una cita para ponerse al día con Hacienda, ... en un trámite anual que este año cuenta con novedades y fechas importantes. Entre las principales se incluyen cambios en los tramos del IRPF, nuevas deducciones a las familias y mejoras en la tributación de autónomos.
Conocer las fechas y la forma correcta de presentarla es importante para evitar imprevistos y cuidar la salud financiera.
Los territorios históricos vascos y Navarra son los únicos dentro del Estado español que poseen un régimen tributario autónomo. Así la campaña de la renta en Vizcaya, a diferencia que en la mayoría de provincias y comunidades, la campaña se desarrollará entre el 10 de abril y el 30 de junio. Según informó la Diputación de Vizcaya, durante estos dos meses y medio, los y las contribuyentes podrán hacer su declaración de manera presencial, telefónica (946083000) o digital (bizkaia.eus/renta).
Asimismo, dispondrán de un borrador de su declaración elaborado con los datos de que dispone la Hacienda Foral, de modo que, para presentar la declaración, únicamente tengan que revisarlo y, si fuera necesario, completarlo. De igual modo, cada persona podrá optar por consultar y completar su borrador de declaración y presentarla en los tres canales citados, donde se pueden realizar todos los trámites de renta y resolver cualquier duda o cuestión.
Quién está obligado a presentar la declaración en Vizcaya
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Has percibido rendimientos brutos del trabajo (tu sueldo sin impuestos) por cuenta ajena superiores a 20.000 euros anuales, con carácter general.
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Has tenido rendimientos brutos del año procedentes de tu trabajo por cuenta ajena, que están entre 14.000,01 € y 20.000 € o más, cuando se cumplan las siguientes condiciones:
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Has tenido más de un pagador, y las cantidades percibidas del segundo y sucesivos pagadores superan los 2.000 euros. Por ejemplo: si has trabajado por cuenta ajena y al mismo tiempo durante el año, has cobrado la prestación por desempleo que supera los 2.000 €, tendrás que hacer declaración.
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Has tenido más de un contrato de trabajo en el mismo año.
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Has recibido pensiones compensatorias o anualidades por alimentos.
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Has aplicado alguna deducción, bonificación o exención cuya continuidad requiere cumplir condiciones específicas y has dejado de cumplirlas.
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Has tenido rendimientos brutos de capital mobiliario y ganancias patrimoniales, que entre ambas, suman un importe de 1.600 € o más.
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Has obtenido rendimientos por alquiler de inmuebles, inversiones u otras fuentes que no estén exentas y superan los mínimos establecidos.
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Si has tenido una actividad económica, es decir, que hayas sido autónomo.
Todas las personas que dispongan de datos económicos referentes al ejercicio 2024 recibirán durante el mes de abril la notificación en la que Hacienda les informará de si tienen obligación de presentar declaración, de cuál es su mejor opción de tributación (individual o conjunta) y del resultado provisional de su borrador. El periodo para solicitar cita previa se abrirá el próximo 8 de abril, y se podrá realizar a través de la página web (bizkaia.eus/renta) o en el teléfono 94 406 66 00.
El error que te puede salir caro en la declaración de la renta si vives en Vizcaya
Este año llega con una novedad importante. Según los datos recogidos el año pasado, este cambio afectaría a más de 20.000 vizcaínos que se habrían encontrado en esta tesitura: con derecho a devolución pero sin que validaran el borrador de liquidación propuesto.
Plazos de pago y devoluciones
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Si el resultado de la Declaración de la Renta es a devolver, Hacienda Foral de Bizkaia se compromete a ingresar la devolución en tu cuenta bancaria en un plazo máximo de 7 días desde la fecha de presentación de la declaración.
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Si el resultado de la Declaración de la Renta es a pagar, si presentas la declaración antes del 30 de Junio de 2025, si domicilias el pago, el cargo en cuenta, se efectuará a partir del 4 de Julio de 2025. Si no domicilias el pago en cuenta bancaria, tendrás que hacer el pago de la misma antes del 3 de Julio de 2025.
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Si el resultado de la Declaración es a pagar y además solicitas el fraccionamiento del pago (puedes dividir el pago en 2 veces), Hacienda Foral de Bizkaia cargará en tu cuenta el 60% del importe el 4 de Julio de 2025 y el 40% restante, el 10 de Noviembre de 2025.
Este año las declaraciones a devolver se deberán presentar de manera expresa, es decir, será imprescindible confirmar el borrador para recibir el ingreso. Tan solo se librarán de este trámite las y los contribuyentes mayores de 65 años y aquellas y aquellos cuya devolución sea inferior a los 300 euros. Si no se hace de esta manera, pueden perder el dinero al que tienen derecho porque la Hacienda foral no lo devolverá de oficio, como en años anteriores. Tendrá que reclamarse posteriormente, dentro del plazo legal de cuatro años que se contempla.
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