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Renta 17-18

¿Puedo deducir del rendimiento del alquiler los gastos de acondicionamiento y reparación antes del alquiler efectivo?

En principio sólo son deducibles los gastos que se produzcan durante el tiempo en que la vivienda genere rendimientos de capital inmobiliario

EFE

Iván Sáez Fuertes

De acuerdo con el criterio seguido por la Administración Tributaria, los gastos de una vivienda serán desgravables si tienen una relación directa con la obtención de ingresos. Teniendo en cuenta lo anterior, en principio sólo son deducibles los gastos que se produzcan durante el tiempo en que la vivienda genere rendimientos de capital inmobiliario.

No obstante, podrían ser admitidos como deducibles aquellos gastos que estén directamente relacionados con el futuro arrendamiento, como por ejemplo en los que se incurre para acondicionar la vivienda o que obedecen al mantenimiento de las condiciones exigibles de habitabilidad de la misma.

Así pues, respondiendo a su pregunta, podrá deducir en términos generales aquellos gastos necesarios en los que incurra antes del alquiler efectivo, siempre y cuando sean necesarios para acondicionar el inmueble para su habitabilidad y que permitan su alquiler.

Iván Sáez Fuertes e Inés Gor, Director y consultora del departamento People Advisory Services de EY, responden a las principales cuestiones a tener en cuenta en su declaración del IRPF 2017

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